Alonso Urrutia y Georgina Saldierna
Foto: José Carlo González
La Jornada Maya

Ciudad de México
Miércoles 29 de noviembre, 2017

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó por unanimidad de votos, el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que rechazó abrir a cualquier ciudadano la aplicación móvil para la captación de firmas en favor de aspirantes a candidatos presidenciales independientes, así como crear una comisión temporal, con los interesados, para el seguimiento del apoyo ciudadano.

Al resolver un juicio ciudadano promovido por Pedro Ferriz de Con, aspirante a candidato independiente, los magistrados consideraron que la restricción no resulta desproporcionada e indebida, pues se trata de un mecanismo que simplifica de manera importante recabar el apoyo ciudadano.

También explicaron que la realización de modificaciones a la aplicación podría poner en riesgo su operatividad, lo cual contraviene el principio de certeza.

La Sala Superior señaló que la petición del locutor es materialmente imposible de realizar, ya que su modificación requiere por lo menos de trece semanas, plazo que traspasa la fecha límite para recabar el apoyo ciudadano, que es el 19 de febrero del año próximo.

Por lo que hace a la solicitud para que el INE creara una comisión temporal para el seguimiento del apoyo ciudadano, el pleno consideró que no es procedente, porque, ya existe una comisión permanente, encargada de esas cuestiones.

Ferriz de Con argumentó en el juicio ciudadano que interpuso, que la negativa del INE de abrir la aplicación es ilegal, ya que no maximiza su derecho humano de ser votado como candidato independiente. De igual manera argumentó que la omisión de crear la referida comisión vulnera los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad de los derechos humanos, así como el principio pro persona.

Al mismo tiempo, al resolver otro recurso de la aspirante a candidata presidencial independiente, María de Jesús Patricio (Marichuy) para que se permitiera la captación de firmas en papel de manera abierta y no circunscrita a los 283 municipios de las alta marginalidad en el país, los magistrados rechazaron parcialmente el recurso, pues se rechazó que se abriera indiscriminadamente esta forma de captar apoyos.

Sin embargo, al argumentar su propuesta, que fue avalada por la mayoría de magistrados, José Luis Vargas abrió un margen para que esta captación de apoyos en papel no solamente se restringiera a los 283 municipios establecidos por el INE.

Así, el TEPJF ordenó que también pudiera captarse las firmas requeridas a través del papel en comunidades de alta marginación no contemplados en la lista del INE siempre y cuando, se demuestre las complicaciones técnicas de utilizar la aplicación derivado de la marginación, lo cual abrirá la puerta a otros 800 municipios con esta posibilidad, pero con esta condicionante que deberá ser validada por el INE. Con ello, dijo la presidenta del TEPJF Janine Otálora, en cerca del 40 por ciento de los municipios podrían recabarse los apoyos con las estipulaciones mencionadas.


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