César Arellano García
Foto: Roberto García
La Jornada Maya

Ciudad de México
Lunes 28 de enero, 2019

La Juez de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez, admitió a trámite un amparo interpuesto por la organización Pueblo y Comunidad Indígena de “El Contadero” contra el Decreto por el que se abroga la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y, se crea Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de diciembre de 2018 por instrucción del gobierno federal.

El Contadero, pueblo originario de la Ciudad de México, ubicada en la Alcaldía de Cuajimalpa, sostuvo que ninguno de sus integrantes fueron convocado por el Congreso de la Unión, presidencia de la República o Secretaria de Gobernación para participar en una “consulta previa, libre informada en términos del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes, para dar el consentimiento a la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas.

Además asevera que la supuesta “consulta” que se realizo el Poder Legislativo Federal fue carácter regional y no particular, informativa, abstracta y difusa, sin apegarse a los criterios previstos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y lo determinado en el Convenio 169 de la OIT.

Asimismo señala que la Ley del Instituto Nacional de Pueblos Indígenas “es un instrumento arbitrario” con el que el nuevo gobierno federal y Poder Legislativo Federal, pretenden definir los nuevos lineamientos de la políticas públicas de su gobierno para transformar la calidad de vida de los pueblos y comunidades indígenas mexicano; derecho que, únicamente les compete a las personas indígenas en función de sus derechos a la autodeterminación, el autogobierno, al territorio y sus recurso naturales, entre otros.


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