Gustavo Castillo
Foto: Pablo Ramos
La Jornada Maya
Ciudad de México
Jueves 27 de junio, 2019
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio entrada a la Acción de Inconstitucionalidad planteada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en contra de normas del Código Penal para el estado de Jalisco, que establecen “la inhabilitación perpetua” a servidores públicos, personas morales y físicas que hubieran sido sancionados por faltas graves previstas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
El Ombusdman nacional señaló en su escrito presentado ante el máximo tribunal del país que el pasado 11 de mayo, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el Decreto 27265/LXII/19, por el que se reformaron y adicionaron el Código Penal, la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contrataciones de Servicios, la Ley Orgánica de la Fiscalía y la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas, de esa entidad federativa.
La demanda plantea que “una de las modificaciones de las que fue objeto el Código Penal de la entidad fue la reforma al artículo 144, fracciones IV y V, del Código Penal para el estado de Jalisco, con el objeto de establecer como sanción la inhabilitación perpetua para contratar con el Estado, por la comisión de delitos por hechos de corrupción, misma que se impondrá como regla invariable para los casos en que los particulares comentan dichos actos ilícitos”.
El organismo refiere que esas normas resultan inconstitucionales "por ser una pena desproporcionada y excesiva”, al establecer como regla invariable que, en todos los casos en que los particulares comentan actos de corrupción se sancionará con la inhabilitación perpetua para contratar con la administración pública local.
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