Angélica Enciso
Foto: Rodrigo Díaz Guzmán
La Jornada Maya
Ciudad de México
Miércoles 3 de julio, 2019
Para garantizar el acceso al agua potable de 7 millones de mexicanos, se otorgarán nuevas concesiones en todo el país con énfasis en los pueblos indígenas, comunidades afromexicanas y habitantes de localidades de alta y muy alta marginación donde no hay redes del servicio.
Asimismo, se asignarán hasta 100 litros de líquido por persona al día, indica el decreto publicado el lunes por la Comisión Nacional del Agua (Conagua) en la edición vespertina del [i]Diario Oficial de la Federación[/i]. Señala que es el primer paso para garantizar el derecho humano a este recurso consignado en la Constitución.
Este decreto se complementa con el que define que en las zonas señaladas por los decretos de reservas de agua, el líquido excedente será para consumo humano y medio ambiente, además de que definen una programación hídrica de esos volúmenes para impedir su concentración en pocos usuarios. Explica que se otorgará una nueva concesión para usar, explotar o aprovechar aguas nacionales para uso doméstico, siempre y cuando el solicitante habite en un sitio que no cuente con red municipal de agua potable. Será un volumen de hasta 100 litros por persona al día y se tomarán en consideración los habitantes de la vivienda.
El decreto que define facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones de aguas nacionales argumenta que la Conagua tomará en cuenta las restricciones derivadas de zonas de veda, reserva y reglamentadas, así como la disponibilidad del recurso en las cuencas y acuíferos. Aun así, el Estado debe realizar acciones encaminadas a brindar certeza y garantizar el derecho humano al líquido.
Precisa que las facilidades administrativas para el otorgamiento de nuevas concesiones o asignaciones de aguas nacionales considera a los usuarios que cuenten con títulos que ya vencieron y precisa que es factible otorgar nuevas concesiones "con la inmediatez que demanda la población sin acceso al agua".
Apunta que en los casos en que no exista disponibilidad de aguas nacionales o que la existente sea insuficiente para garantizar el derecho humano, los volúmenes para nuevas concesiones y asignaciones se tomarán de aquellas cuyos títulos hayan sido inscritos como extintos.
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