Mariana Chávez
Foto: Cuartoscuro
La Jornada Maya

Querétaro, Querétaro
Martes 29 de octubre, 2019

El presidente municipal de Colón, el panista Alejandro Ochoa Valencia, condonó 971.8 millones de pesos de impuesto predial a su correligionario, el ex candidato presidencial Diego Fernández de Cevallos, en un proceso carente de transparencia.

José Manuel Terrazas Pérez, regidor por Morena en ese ayuntamiento, anunció que solicitará información para conocer cómo se determinó que el también ex senador pagara apenas 12 millones 763 mil pesos de un adeudo de más de 984 millones de pesos (1.29 por ciento).

El pasado 25 de septiembre, Ochoa Valencia reveló que Fernández de Cevallos tenía una deuda de 26 años por concepto de impuesto predial del rancho de 220 hectáreas Villas del Estanco, que había iniciado los procedimientos para el embargo y que sólo faltaba que el gobierno municipal se adjudicara la propiedad.

Días después, el alcalde reculó y en medios de comunicación locales y nacionales mencionó distintas cifras sobre el monto del adeudo.

Primero indicó que eran 300 millones de pesos, luego 946 millones y finalmente 984 millones 766 mil 632 pesos con 93 centavos. De esta cantidad 36 millones era el monto base del impuesto predial y la multa ascendía a 446 millones, a lo que se sumaron actualizaciones, recargos y requerimientos.

El pasado fin de semana, en un comunicado, Ochoa Valencia dio a conocer que a petición expresa del contribuyente hacía del conocimiento público que Fernández de Cevallos pagó el viernes 12 millones 763 mil 239 pesos con 68 centavos tras aplicar legítimamente las deducciones procedentes a cualquier contribuyente en el territorio municipal.

Sin mayor explicación ni detalle de la condonación, el gobierno municipal de Colón indicó que el impuesto adeudado había sido cubierto en su totalidad y que el contribuyente ya estaba al corriente en los pagos del predial.

Públicamente, Alejandro Ochoa Valencia había informado que el ex senador se podía acoger a los beneficios de la campaña municipal permanente de condonación del ciento por ciento de multas y recargos si pagaba en cualquier fecha de los meses de octubre a diciembre la deuda base de mil 200 claves catastrales, que ascendía a 36 millones de pesos.

Al ser facultad del presidente municipal, por conducto de la secretaría de finanzas o tesorería, las condonaciones no tienen que ser aprobadas por el cabildo, por lo que sus integrantes desconocen en qué consistió el acuerdo con Ochoa Valencia para que al también ex diputado federal le condonaran 98.71 por ciento del adeudo, indicó el regidor José Manuel Terrazas en entrevista.

El artículo 22 de la Ley de Hacienda del estado de Querétaro estipula que ninguna persona física o moral, ni instituciones oficiales o privadas podrán ser exentas o subsidiadas respecto a las contribuciones sobre la propiedad o posesión inmobiliaria.

En la misma Ley de Hacienda y en la Ley Orgánica de los Municipios del estado se indica que las personas adultas mayores que acrediten ser jubiladas o pensionadas, así como las personas con alguna discapacidad física, estarán exceptuadas del pago total del impuesto predial y podrán obtener descuentos hasta de 50 por ciento del monto si cumplen con una serie de requisitos.

Los que tengan una propiedad en zonas declaradas monumentos históricos y el mantenimiento, conservación o restauración de éstas se realiza con recursos del propietario obtendrán descuentos hasta de 35 por ciento del impuesto predial, siempre que cumplan con una serie de condiciones, se indica en la Ley de Hacienda.

La autoridad municipal tiene la facultad de requerir el pago de cantidades omitidas e imponer sanciones administrativas, así como denuncias por delitos fiscales. Mientras, el artículo 42 del Código Fiscal de la entidad señala que los recargos por algún adeudo o crédito fiscal se causarán hasta por cinco años y el artículo 43 se indica que no se aplicarán recargos cuando el contribuyente, al pagar contribuciones en forma extemporánea, compense un saldo a su favor hasta por el monto de dicho saldo.

La extinción del crédito fiscal o adeudo por prescripción ocurre al cabo de cinco años. El término para que se consume la prescripción se interrumpe con cada gestión de cobro que el acreedor notifique o haga saber al deudor o por el reconocimiento expreso o tácito de éste respecto de la existencia del crédito, se lee en el artículo 44 del Código Fiscal.

José Manuel Terrazas, quien llegó al cabildo de Colón por la vía independiente y posteriormente pasó a las filas de Morena, adelantó que solicitará al ayuntamiento que transparente cómo se determinaron las cantidades para la condonación del adeudo a Fernández de Cevallos y demandó que los 12 millones de pesos que, de acuerdo con Ochoa Valencia, ya pagó el ex senador, sean utilizados de la mejor manera.


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