Municipios de Campeche podrán recurrir a créditos para combatir pobreza extrema

La propuesta fue promovida por la gobernadora Layda Sansores
Foto: Juan Manuel Valdivia

Los diputados de los partidos políticos Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), y Movimiento Ciudadano (MC), aprobaron de forma unánime el dictamen relativo a una iniciativa para autorizar a los municipios del estado de Campeche que gestionen y contraten con cualquier institución de crédito o integrante del Sistema Financiero Mexicano, uno o varios financiamientos, en beneficio de la población en pobreza extrema y localidades con alto nivel de rezago social, propuesta promovida por la titular del Ejecutivo estatal, Layda Sansores San Román.

Se destaca en el artículo tercero del Decreto que los municipios “deberán destinar los recursos que obtengan con el o los financiamientos que contraten con base en este Decreto, exclusivamente, para financiar -incluido en su caso el Impuesto al Valor Agregado- obras, acciones sociales básicas e inversiones que beneficien directamente a la población en pobreza extrema, y localidades con alto o muy alto nivel de rezago social, conforme a lo previsto en la Ley General de Desarrollo Social, así como en las zonas de atención prioritaria, en particular en los siguientes rubros: agua potable, alcantarillado, drenaje, urbanización, electrificación rural y de colonias pobres, infraestructura básica del sector salud y educativo”.

En el artículo primero puntualizan que el objeto del Decreto es “autorizar a cada uno de los Municipios del Estado de Campeche para que, por conducto de representantes legalmente facultados y en términos de ley, gestionen y contraten, de manera individual, con cualquier Institución de Crédito integrante del Sistema Financiero Mexicano, siempre que en cualquier caso ofrezca las mejores condiciones de mercado, uno o varios financiamientos, a tasa fija, hasta por el monto que para cada Municipio se indica en el presente Decreto, así como para afectar como fuente de pago de las obligaciones que deriven de la contratación, hasta 25 por cierto del derecho a recibir y los ingresos que a cada Municipio le correspondan del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF), conforme a lo previsto en la Ley de Coordinación Fiscal; ello previo análisis de la capacidad de pago de los Municipios, del destino que se dará a los financiamientos que con sustento en éste se contraten y de la fuente de pago que se constituirá”.

Los montos máximos para cada municipio son Calakmul, 63 millones 648 mil 819 pesos; Calkiní, 40 millones 807 mil 792 pesos; Campeche, 60 millones 475 mil 110 pesos; Candelaria, 86 millones 926 mil 819 pesos; Carmen, 89 millones 690 mil 267 pesos; Champotón, 52 millones 157 mil 889 pesos; Dzitbalché, 15 millones 853 mil 806 pesos; Escárcega, 71 millones 262 mil 599 pesos; Hecelchakán, 28 millones 368 mil 674 pesos; Hopelchén, 58 millones 102 mil 993 pesos; Palizada, 16 millones 616 mil 525 pesos; Seybaplaya, 10 millones 206 mil 719 pesos; y Tenabo, 13 millones 998 mil 983 pesos.

Cada municipio podrá contratar el o los financiamientos autorizados en el transcurso de los ejercicios fiscales 2022 e inclusive 2023, “pero en cualquier caso deberán pagarse en su totalidad dentro del período constitucional de la administración que lo contrate; esto es, a más tardar el 30 de septiembre de 2024, en el entendido de que cada contrato que al efecto se celebre deberá precisar el plazo máximo en días y la fecha específica de vencimiento para el financiamiento”.

Agrega que los municipios que decidan contratar el o los financiamientos, “deberán obtener la previa y expresa autorización de al menos las dos terceras partes de los integrantes de su respectivo Cabildo para tal efecto, así como para afectar un porcentaje de los flujos de recursos que anual e individualmente les correspondan del FISMDF, y para celebrar los instrumentos jurídicos necesarios con el objeto de formalizar el mecanismo de pago del o de los financiamientos que contraten en lo particular; así como para adherirse al Fideicomiso constituido o que constituya el Poder Ejecutivo del Estado con objeto de formalizar el mecanismo de pago o los financiamientos que contraten en lo individual”.

 

Edición: Laura Espejo


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