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Foto: Cuartoscuro
La Jornada Maya

Ciudad de México
Miércoles 27 de noviembre, 2019

La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad y remitió al Senado una reforma a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Sin Violencia, que adicionan la violencia digital a diversas actitudes de acoso al sexo femenino.

La presidente de la Comisión de Igualdad de Género, Wendy Briceño Zuloaga, sustentó el dictamen correspondiente, al advertir que la violencia cibernética contra las mujeres y niñas es un problema de proporciones pandémicas y tiene tintes mundiales, con graves consecuencias para la sociedad y la economía.

La legisladora de Morena indicó que la iniciativa, conocida como “Ley Olimpia”, por el nombre de una joven víctima de este tipo de acoso, no pretende coartar el ejercicio de la sexualidad, ya que no se limita al intercambio consensuado de imágenes de contenido sexual.

Sostuvo que a pesar de que las nuevas tecnologías presentan grandes beneficios hacia procesamientos de información y conectividad social, el espacio digital alberga nuevas conductas delictivas.

La diputada explicó que no sólo se trata de los delitos que corresponden a bienes, entes privados, relacionados a fraudes o a redes de comunicación, sino que el anonimato y la masificación de usuarios permite que los delitos en materia de acoso, hostigamiento y violencia sexual se reproduzcan en detrimento de los derechos de niñas, adolescentes y mujeres.

Consideró necesario “blindar” las garantías de la ciudadanía digital, pues desafortunadamente cada vez es más común conocer casos en los que las imágenes y videos de contenido sexual de adolescentes y mujeres son difundidos sin su consentimiento.

Hizo notar que también la cifra de acoso, hostigamiento y amenazas hacia las mujeres por medio de las plataformas digitales se han incrementado de manera significativa.

Definió que violencia digital son los actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio y difusión de contenido sexual sin consentimiento.

Así como la difusión de textos, fotografías, videos y/o datos personales u otras impresiones gráficas o sonoras, verdaderas o alteradas, o cualquier otra acción que sea cometida a través de las tecnologías de la información y la comunicación, plataformas de Internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones y cualquier espacio digital.

Detalló que al incluir la violencia digital en la ley citada, se establecerán las medidas de coordinación entre la federación, los estados y municipios para prevenir, sancionar, erradicar y reparar el daño ocasionado por este tipo de conductas.

“Esto es un paso importante para erradicar la impunidad ante esta violencia que tanto nos lacera, pero debemos transitar hacia espacios libres de violencia, pues las sanciones serán importantes para la erradicación de la violencia digital”, subrayó.


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