La Jornada Maya
Foto: Jesús Villaseca

Ciudad de México
Sábado 27 de julio, 2019

Un juzgado de distrito resolvió que el Instituto Nacional de Migración (INM) incumplió la instrucción de no detener niñas, niños y adolescentes en la estación migratoria “Las Agujas”, ubicada en la capital del país, cuyo director habría sido omiso en acatar los lineamientos ordenados en la suspensión.

A través de un comunicado conjunto, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Sin Fronteras IAP, la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia y la Clínica Jurídica para Refugiados “Alaíde Foppa” señalaron que el pasado 24 de julio el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México resolvió un incidente promovido por esos colectivos.

En dicha resolución, el Juzgado concluyó que el INM había incumplido medidas de suspensión relacionadas con la debida identificación e individualización de menores detenidos, la debida información y canalización de casos a los Consulados correspondientes y a las instalaciones del Sistema Nacional o Sistemas Estatales para el Desarrollo Integral de la Familia, y la adopción de medidas necesarias para supervisar y vigilar los derechos de niñas, niños y adolescentes en detención.

En particular, subrayó que el director de la estación migratoria “Las Agujas” fue omiso en acatar la suspensión de dichos puntos, y que diversos funcionarios del INM incumplieron con sus responsabilidades al no haber ejercido y supervisado las facultades de las unidades administrativas a su cargo y no haber coordinado las acciones operativas para que los extranjeros tuvieran un trato digno y respetuoso de sus derechos humanos.

Asimismo, la resolución indicó que, si bien la Procuraduría Federal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia ha implementado diversas acciones tendientes a cumplir la suspensión de plano, “lo cierto es que no basta la emisión de medidas de protección a efecto de colmar los lineamientos establecidos en la medida cautelar”.

Por todo lo anterior, las organizaciones civiles reconocieron el mérito de la citada resolución, la cual ordena a las autoridades migratorias y de protección de la niñez “el cumplimiento puntual y sin excepción” de las medidas ordenadas dentro de un plazo de veinticuatro horas.

En ese mismo sentido, recalcaron que han diseñado un modelo para que otros defensores de derechos humanos se unan a la presentación de acciones de amparo en otros estados de la República “para lograr que la no detención sea una realidad en todas las estaciones migratorias del país”.

La mencionada acción de amparo “nos permite visibilizar también los problemas que continuamente enfrentamos las personas defensoras de migrantes en temas que van desde la fijación de la competencia de estos asuntos ante tribunales, la necesidad de atender estos casos bajo una perspectiva de derechos humanos y el debido cumplimiento de los estándares de protección reconocidos a niñas, niños y adolescentes en el marco jurídico mexicano”.


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