Alejandro Alegría
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La Jornada Maya

Ciudad de México
Viernes 10 de mayo, 2019

AT&T deberá pagar por daños y perjuicios a los consumidores afectados, así como una indemnización debido a cobros indebidos realizados entre los años 2012 y 2014, luego de que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) ganó una acción colectiva contra la empresa, aunque no especificó el monto total.

La dependencia a cargo de Ricardo Sheffield Padilla explicó que la empresa AT&T deberá pagar las sanciones toda vez que dichas acciones fueron cometidas por la extinta Nextel, que fue adquirida por la actual.

Indicó que desde el año 2012 y hasta 2014 las empresas NII Telecom, Servicios de Radiocomunicación Móvil de México, Delta Comunicaciones Digitales, Inversiones Nextel de México, (antes Comunicaciones Nextel de México) y NII Digital, que conformaban a Nextel, realizaron cobros indebidos.

Explicó que en el año 2013, Profeco promovió una acción colectiva en contra de Nextel, ahora AT&T, por haber realizado cobros indebidos de servicios no proporcionados, deficientes o con características y contenidos diferentes a los planes o paquetes ofrecidos; por servicios adicionales cancelados, en donde la empresa continuó cobrando a los usuarios con cargo a sus tarjetas bancarias; y ajustes y cobro de tarifas sin aclaración, sin previo aviso y aceptación expresa de los consumidores.

Durante esos tres años, Nextel efectuó cobros indebidos derivados de la deficiencia en su servicio de telefonía móvil, mismos que fueron ofrecidos a los consumidores como “Radio Evolution”, para referirse a la tecnología 4G o Cuarta Generación.

Sin embargo, en el juicio se comprobó que la tecnología que utilizaba era inferior a la publicitada, por lo que Nextel se valió de publicidad abusiva y engañosa para que los consumidores adquirieran sus servicios.

Profeco ganó la primera y segunda instancia del Juicio de Acción Colectiva a Nextel y en contra de las resoluciones dictadas en dichas instancias, ya bajo la razón social de AT&T, promovió un amparo, que le fue negado por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito.

Ante ello, AT&T promovió recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que fue declarado improcedente, por lo que se determinó que la sentencia condenatoria a favor de los consumidores es un fallo irrefutable, por lo que el proveedor debe pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más el 20 por ciento de indemnización y 9 por ciento adicional de interés legal anual, por los diversos cobros indebidos.

Profeco indicó que esta medida podría beneficiar a alrededor de 3.8 millones de usuarios de AT&T, pues ese era el número de usuarios con los que contaba la empresa Nextel en esos años de acuerdo con datos de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, el Instituto Federal de Telecomunicaciones y al Banco de Información de Telecomunicaciones.


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