Roberto Garduño
Foto: Pablo Ramos
La Jornada Maya
Ciudad de México
Viernes 3 de mayo, 2019
La Cámara de Diputados será convocada, el lunes próximo, a un período extraordinario de sesiones el miércoles 8 de mayo con objeto de abordar las reformas y adiciones aplicadas por el Senado de la República, a la minuta con proyecto de decreto en materia educativa. El grupo parlamentario de Morena ha iniciado el acercamiento con las fracciones del PAN, PRI, PT, MC, PVEM, PES y PRD con objeto de aceptar o regresar en sus términos el contenido de la minuta en cuestión.
El senador Antares Guadalupe Vázquez, secretario de la Mesa Directiva de esa Cámara devolvió a los diputados la minuta con proyecto de decreto por el cual se reforman y adicionan los artículos 3 y 73 de la Constitución.
Los senadores adicionaron a la fracción II del artículo tercero constitucional, cuatro incisos. En el inciso E se expone que “en educación para personas adultas, se aplicarán estrategias que aseguren su derecho a ingresar a las instituciones educativas en sus distintos tipos y modalidades. En los pueblos y comunidades indígenas se impartirán educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultural”.
El siguiente inciso, el F refiere que la educación será “intercultural, al promover la convivencia armónica entre personas y comunidades para el respeto y reconocimiento de sus diferencias y derechos, en un marco de inclusión social”.
La adición en el inciso G se incluye que la educación será integral, educará para la vida, con el objeto de desarrollar en las personas capacidades cognitivas, socioemocionales y físicas que les permitan alcanzar el bienestar, y el H considera que ésta “será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad”.
La fracción sexta del artículo tercero, también adicionada por los senadores, establece que “los particulares podrán impartir educación en sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación inicial, preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:
“Impartir la educación con apego a los mismo fines y criterios (que establece la ley), así como cumplir los planes y programas”, a que el Estado se obliga.
Y la adición al artículo 73 en su fracción XXIX señala que, para expedir leyes tendientes a la promoción de la inversión mexicana, la regulación de la inversión extranjera, la transferencia de tecnología y la generación, difusión y aplicación de los conocimiento científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional.
“Asimismo para legislar en materia de ciencia, tecnología e innovación, estableciendo bases generales de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como la participación de los sectores social y privado, con objeto de consolidar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”.
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