Libertad de expresión: El discurso de odio no es un derecho

Nacional e internacionalmente se restringen las manifestaciones contra la paz
Foto: Reuters

Organismos nacionales e internacionales han trabajado en modificaciones a las leyes que defienden la libertad de expresión para restringir discursos que incluyan posturas xenófobas, racistas e intolerantes, porque han alertado que esta retórica debilita las relaciones humanas.

Con ello, las naciones procuran que el discurso de odio no tenga respaldo en la libertad de expresión para lograr un espacio en la sociedad, pues estas manifestaciones son las que han dado paso a conflictos  armados, crímenes atroces, terrorismo, a la violencia contra la mujer y a otras violaciones graves de los derechos humanos, de acuerdo con la ONU.

“El discurso de odio constituye una amenaza para los valores democráticos, la estabilidad social y la paz… Hacer frente al discurso de odio no significa limitar la libertad de expresión ni prohibir su ejercicio, sino impedir que este tipo de discurso degenere en algo más peligroso, como la incitación a la discriminación, la hostilidad y la violencia, que están prohibidas por el derecho internacional”, advierte la Organización de las Naciones Unidas.

Este 7 de junio se conmemora el Día de la Libertad de Expresión en México, una garantía protegida por la Declaración Universal de los Derechos Humanos, por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

Y aunque se decreta que “toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas, ya sea oralmente, por escrito, o a través de las nuevas tecnologías de la información, el cual no puede estar sujeto a censura previa sino a responsabilidades ulteriores expresamente fijadas por la ley”, en el país ya existe un antecedente de restricción al discurso de odio.

El 30 de octubre de 2019 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió negar un amparo a un hombre que solicitaba una indemnización por haber sido despedido de una empresa que le exigió ocultar o eliminar un tatuaje con una cruz esvástica, el símbolo del nazismo, argumentando la violación a su derecho a la libertad de expresión y el libre desarrollo de la personalidad.

El hombre obtuvo sentencia a su favor emitida por un juez local de la Ciudad de México, sin embargo, la empresa apeló y el caso llegó a la SCJN, que reconoció que la libertad de expresión puede ser restringida cuando representa un discurso de odio, es decir, que tiene por objeto discriminar, generar hostilidad y violenta los derechos de otras personas.

“Portar un tatuaje con un determinado símbolo expresa adhesió a la ideología o doctrina que respalda; en el caso, la cruz esvástica, dentro de nuestro contexto cultural y, especialmente, en las circunstancias del caso, comunica un discurso de odio, pues se asocia directamente con el nazismo y con sus ideas de superioridad racial y exterminio de los judíos”, señaló en la sentencia la CNDH.

 

Foto: SCJN 

 

Restricciones en el mundo 

A nivel internacional, organismos como la Convención Americana y tratados como Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), establecen limitaciones a la libertad de expresión al prohibir toda apología al odio nacional, racial o religioso.

El PIDCP prohíbe expresiones que inciten a la discriminación, la hostilidad o la violencia, decisión similar a la de la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (CERD) que rechaza las ideas o teorías basadas en la superioridad de una raza o de un grupo de personas de un determinado color u origen
étnico, o que pretendan justificar o promover el odio racial y la discriminación racial.

Por otra parte, la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales establece en el artículo 10 que la libertad de expresión puede ser sometida a restricciones como una medida necesaria para garantizar una sociedad democrática, la defensa del orden, la prevención del delito y la protección de los derechos ajenos. 


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