Publican en el DOF decreto que reduce gradualmente la jornada laboral a 40 horas

El Congreso deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días
Foto: Roberto García Ortíz

Jared Laureles y Alexia Villaseñor

La Presidencia de la República publicó esta tarde la reforma constitucional que reduce la jornada laboral de 48 a 40 horas, la cual entrará en vigor a partir de hoy.

En la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, se establece que tras la publicación del decreto, el Congreso de la Unión deberá realizar las reformas a la legislación secundaria en un plazo de 90 días.

Con las modificaciones a las fracciones IV del Apartado A del artículo 123 de la Constitución mexicana, la jornada laboral será de 40 horas semanales en los términos que establezca la Ley.

Asimismo, la reforma mantiene que por cada seis días de trabajo “las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro”.

De acuerdo con el documento, durante este año se mantendrán las 48 horas de trabajo por semana; posteriormente, para 2027 comenzará la reducción gradual a 46; en 2028, 44; en 2029 serán 42 y en 2030, finalmente serán 40 horas.

“En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras”, subraya.

Con la reforma, también se modificó la fracción XI del 123 constitucional, para estipular que cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo 100 por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias.

El trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

Cuando se supere este margen, el patrón deberá pagar 200 por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia.

De igual forma, se prohibió que las personas menores de 18 años puedan laborar tiempo extraordinario.

Edición: Fernando Sierra


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