Joana Maldonado
Foto: Periódico Oficial de la Federación
La Jornada Maya

Chetumal, Quintana Roo
Jueves 20 de junio, 2019

A finales del pasado mes de mayo, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Seder) declaró como zona de refugio pesquero total temporal el Banco Chinchorro, al sur de Quintana Roo. La declaratoria fue publicada en el Periódico Oficial de la Federación (DOF) por lo que quedan prohibidas las actividades como pesca deportiva, recreativa y comercial o consumo de especies en esta área.

El acuerdo fue presentado por el titular de la Seder, Víctor Manuel Villalobos Arámbula, a solicitud de los pescadores de las sociedades pesqueras para incrementar la producción.

De tal modo, con base a las facultades de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (Conapesca) sobre la regulación, fomento y administración del aprovechamiento de los recursos pesqueros, así como el establecimiento de las medidas administrativas y de control a que deben sujetarse las actividades pesquera, la Seder promovió este acuerdo.

Los propios pescadores de Sociedades Cooperativas de Producción Pesquera Andrés Quintana Roo, S. C. de R. L., Langosteros del Caribe, S. C. de R. L. y Pescadores de Banco Chinchorro, S. C. de R. L., expresaron su interés en poder reestablecer una Zona de Refugio Pesquero Total Temporal dentro de su área de pesca con una vigencia de cinco años, pues en 2013 había existido un acuerdo similar que permitió incrementar la producción de peces.

“El restablecimiento de la Zona de Refugio Pesquero Total Temporal en Banco Chinchorro representaría una importante medida de manejo para la conservación y aprovechamiento sustentable, no sólo de numerosas especies comerciales presentes en la zona, sino que los beneficios se extenderían a numerosas especies de importancia ecológica y a los diferentes ecosistemas presentes en el área”, señala el escrito.

El documento destaca que los resultados del monitoreo realizado de 2013 a 2018 indicaron un crecimiento de peces de interés comercial en este sitio beneficiando a las pesquerías locales.

Por tanto establecen que en esta zona no podrá llevarse a cabo ninguna actividad de pesca comercial, didáctica, de fomento, deportiva-recreativa o de consumo doméstico sobre ninguna especie de flora y fauna acuática


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