CNDH pide a autoridades federales reparar daño ecológico en playas de Tulum

Señala que los proyectos estudiados dañan zonas importantes para la conservación en Chemuyil y Chemuyilito
Foto: Cortesía ambientalistas

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la recomendación 90/2022 a los titulares de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), María Luisa Albores González; Secretaría de Marina (Semar), José Rafael Ojeda Durán, y de Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), Blanca Alicia Mendoza Vera, por violaciones a los derechos humanos a un medio ambiente sano, a la seguridad jurídica, a la legalidad, al debido proceso y al acceso a la justicia por las acciones y omisiones para garantizar la protección y preservación de las playas de Chemuyil y Chemuyilito, en el Área Natural Protegida Reserva de la Biósfera (ANPRB) Caribe Mexicano en Tulum, Quintana Roo, y pidió reparar el daño ecológico en dicha zona. 

La CNDH destacó en un comunicado que tras analizar las evidencias presentadas se advierte que dos proyectos desarrollados en la zona (identificados como 1 y 2) inciden total o parcialmente en varias regiones de importancia para la biodiversidad. “Si bien los proyectos no afectan completamente, si son colindantes. Los proyectos dañan zonas importantes para la conservación, incrementan la contaminación de cuerpos de agua, provocan la alteración del ecosistema de manglares, a las tortugas marinas en su zona de desove; hay presencia de residuos sólidos y de productos químicos, además de dañar arrecifes coralinos”, de acuerdo con la CNDH.

La Comisión Nacional acreditó la responsabilidad institucional de la Semarnat, Semar y Profepa. Dos personas servidoras públicas de la Semarnat incurrieron en conductas susceptibles de ser investigadas, porque a pesar de tener conocimiento de los impactos de la obra, hay indolencia en la resolución de las autorizaciones. Por lo que hace a la Semar, se acreditó la inadecuada observancia de la legislación en materia ambiental para el otorgamiento de permisos de vertimiento en Áreas Naturales Protegidas. En cuanto a la Profepa, se debe sancionar a las autoridades responsables y los jefes jerárquicos por los vicios y omisiones en las inspecciones y seguimiento, por lo que se deben iniciar procedimientos administrativos o penales. 

La Recomendación 90/2022 establece que la Semarnat debe promover en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa el juicio de lesividad con el fin de promover la nulidad de los resolutivos en materia de impacto ambiental otorgados por esa secretaría para los proyectos 1 y 2. La Semarnat debe implementar un Programa Integral de Restauración Ecológica en el lugar de los hechos, tendiente a la regeneración y restablecimiento de la zona. A su vez, la Profepa está obligada a dictar, de manera inmediata, medidas técnicas correctivas y de urgente aplicación a efecto de evitar mayores daños al Área Nacional Protegida Reserva de la Biósfera Caribe Mexicano. 

“La CNDH presentará denuncia para que se inicie un procedimiento de investigación en contra de dos personas servidoras públicas de la Semarnat y una de Semar para deslindar responsabilidades por el otorgamiento de autorizaciones y se determinen sanciones administrativas o penales. De igual forma, este organismo nacional presentará denuncias en contra de los delegados o encargados de despacho de la Profepa en el estado, desde el 2018 a la fecha, por acciones y omisiones en el ejercicio de sus funciones y las irregularidades en las inspecciones y vigilancia. Asimismo, se deberá informar a esta institución del estatus de las denuncias presentadas por la Conanp, y se deberán revisar los permisos y licencias otorgadas en los últimos cinco años para verificar si están apegadas a la legislación vigente”, detalla la CNDH.

La recomendación da respuesta a denuncias recibidas el 27 de agosto de 2020 y el 15 de marzo de 2021 por omisiones e irregularidades cometidas por autoridades de la Semarnat y la Semar por dar permisos para obras relacionadas con los proyectos Mejoramiento y Estabilización de Zonas de Playa y Marina de las bahías de Chemuyil y Chemuyilito y otras complementarias para el Desarrollo de los Servicios Turísticos dentro de la ANPRB Caribe Mexicano, colindante con el Santuario Estatal Xcacel-Xcacelito, así como la falta de medidas de inspección y vigilancia. 

En el lugar las autoridades ambientales, desde el 2002, otorgaron una serie de permisos para uso de camastros, palapas, mesas y sillas en Chemuyil y Chemuyilito, así como una concesión para uso de suelo del club de playa en las bahías referidas, autorizaciones que fueron ampliadas pese a que la zona fue declarada santuario para la protección de las especies de tortugas verdes, caguamas y carey, entre otras. Incluso en 2019 se permitió el vertimiento de arena, elementos prefabricados de concreto simple y morteros.



Edición: Estefanía Cardeña


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