Publica Imoveqroo acuerdo de tarifas para grúas en QRoo

La mayor parte de las unidades móviles, se concentran en la zona norte del estado
Foto: Juan Manuel Valdivia

El Instituto de Movilidad de Quintana Roo (Imoveqroo) publicó el acuerdo por el que se emiten las tarifas del cobro de servicios de transporte de carga especializada, respecto a los servicios de arrastre, arrastre y salvamento y depósito de vehículos en el estado de Quintana Roo. La falta de esta herramienta generaba el cobro discrecional de este tipo de servicios. 

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística Geografía e Informática (Inegi), hasta el 2018 en Quintana Roo existía un parque vehicular en circulación de 815 mil 612 vehículos, que en comparación con 2015, cuando habían 634 mil 906 vehículos, refleja un incremento de 22 por ciento en tres años. La mayor parte de las unidades móviles, se concentran en la zona norte del estado, específicamente en los municipios de Benito Juárez, Solidaridad y Cozumel; de ese total casi 59 por ciento corresponde a automóviles y 26 por ciento a motocicletas

“El aumento constante del parque vehicular aunado a los altos índices de accidentes vehiculares ha favorecido el incremento de la demanda en la prestación de servicio de arrastre arrastre y salvamento y depósito de vehículos, sobre todo en localidades que cuentan con vialidades altamente transitadas y congestionadas”, señala el acuerdo que tiene fecha del 21 de agosto del presente año.

El propio Imoveqroo admite que era necesario contar con un instrumento normativo que permita contar con una base tarifaria estatal que brinde transparencia de la prestación de estos servicios y evite el cobro discrecional, pues a la fecha del servicio público de transporte de carga en su modalidad de carga especializada no cuenta con un tarifario oficial en el estado para estos servicios, por lo tanto las inconformidades de la ciudadanía son constantes. 

El artículo seis del citado acuerdo explica que “en todas las maniobras de arrastre y arrastramiento, el cobro del servicio se deberá ajustar tomando en cuenta el tabulador de grúas que contiene el acuerdo y el tipo de grúa que corresponde al tipo de vehículo y peso bruto vehicular el mismo al que se realice el servicio independientemente que se preste con una grúa de mayor capacidad”.

Este tabulador de grúas contiene la tarifa máxima autorizada por el Instituto de Movilidad para la prestación del servicio de rastreo por vehículo, que deberá cobrar la concesionaria y que será considerando los elementos y montos de la manera siguiente: tipo de grúa A, por kilómetro 18.82 pesos, por banderazo 528.69 pesos; tipo de grúa B por banderazo 20.62 por kilómetro 607.47 por banderazo;  tipo de grúa C, 23.47 pesos por kilómetro 721.79 por banderazo; tipo de grúa D, 32.35 pesos por kilómetro y 885.84 pesos por banderazo.

Por concepto de abanderamiento con grúa, el costo es de 602.24 pesos;  abanderamiento manual, 50.61; custodia del vehículo con grúa, 502.44 pesos; maniobras de salvamento con grúa, mil 219 pesos; grúa tipo B, mil 336; grúa tipo C, mil 524 pesos y D,  dos mil 101 pesos.

También establece la prestación del servicio de depósito de vehículo que deberán cobrar las personas responsables de los depósitos de vehículos locales comisionados o permisionarios del Poder Ejecutivo del Estado. Para bicicletas y motocicletas la cuota por día es de 15.24 pesos; para automóviles, 48.74 pesos; camionetas, 54.83 pesos;  camiones, tractores agrícolas y tractocamiones, 91.39 pesos; autobuses, remolques y semi remolques, 106.63  y tractocamiones con semirremolque, 106.63 pesos.

Edición: Elsa Torres


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