Carlos Águila
Foto: Notimex
La Jornada Maya

Benito Juárez, Quintana Roo
Lunes 29 de abril, 2019

A punto de cerrar el plazo para que personas físicas presenten sus declaraciones anuales, a los expertos contables les llama la atención una serie de patrones en el proceso que podrían confundir al contribuyente, por lo que recomiendan hacerlo con tiempo y si es posible auxiliarse de un especialista.

No siempre el Declarasat tiene bien definidas las retenciones cuando se trata de honorarios o servicios profesionales independientes. En esos casos, todos tienen la obligación de retener; en la factura viene la retención, pero en el Declarasat no se ve clara, lo que está causando conflictos porque genera saldos a pagar que no se tienen.

El programa es un software proporcionado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) que se utiliza para presentar la declaración anual de los impuestos Sobre la Renta (ISR), al Valor Agregado (IVA) y el Empresarial a Tasa Única (IETU), que presentan las personas físicas por los ingresos que obtienen.

En el Declarasat se requisita la información allí requerida, dependiendo de los diferentes tipos de ingresos que tienen las personas físicas, como salarios, actividades empresariales y profesionales, arrendamiento, intereses, enajenación de bienes y otros ingresos. Cuando se alimenta la información requerida, el sistema determina el monto de impuestos a pagar.

Yamile Dávalos Rosillo, gerente del Departamento de Facturación en Facturador.com, advirtió que, si es el caso, se deben revisar cuidadosamente los detalles para asegurarse de que la declaración está bien hecha.

Recomienda tomarse el tiempo de cambiarla, borrar la información del prellenado, hacerlo a mano para generar el saldo a pagar o el saldo a favor, porque han visto que se generan saldos a favor si es que se tienen bien las retenciones.

De igual forma, sugiere tener cuidado y verificar que esté en contabilidad y que los archivos formato XML estén bien hechos; cuando se trata de deducciones personales, se ha notado que no vienen todas o que algunas facturas que dicen con tarjeta, el Declarasat las tiene como otros en el método de pago, y obviamente no permite cubrir el apartado de deducibles.

En el caso de los asalariados, en algunas ocasiones no todos los detalles están incluidos o hay errores en los recibos.

“En algún momento, una empresa pudo haber emitido el recibo con errores y luego lo canceló y emitió el correcto, pero el Declarasat no tomó en consideración la corrección, resultando que algunas diferencias con las retenciones que generan el saldo a favor, o a pagar, sean incorrectas para el contribuyente”, mencionó.

La especialista recomienda verificarlo porque al final, si está mal enviada, es responsabilidad del contribuyente según la ley, y no garantiza que si la información está mal prellenada, el SAT no haga observaciones en un plazo que puede extenderse hasta por cinco años.

“La versión de que es muy rápido enviarla, de que es muy fácil, es cierto, pero sólo si se le da clic a todo; en cambio, es muy recomendable analizarla para presentarla de forma correcta, y obviamente eso se lleva tiempo y requiere, en muchos casos, de la asesoría de un especialista “, concluyó Dávalos Rosillo.


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