Aprueba Congreso de QRoo sanciones a quienes exhiban a animales en la calle

Es el primer estado de México en tener esta normativa
Foto: Juan Manuel Valdivia

Quintana Roo se convierte en el primer estado de la república mexicana en sancionar a quienes exhiban animales salvajes en la vía pública, tras la aprobación de la XVI Legislatura de las reformas a la Ley de Protección y Bienestar Animal del estado, destacó el diputado José Luis Toledo Medina, promotor de esta iniciativa.

El legislador declaró que los promotores de esta reforma están contentos porque al final lograron construir una ley que va a prohibir de manera expresa la exhibición y el lucro de animales salvajes en las calles, como por ejemplo en la Quinta Avenida de Playa del Carmen, y los lugares donde se exhiben especies como jaguares, leones, iguanas, monos, serpientes, entre otros.

“A partir de ahora esto será sancionado. Queda prohibido y bueno ya el siguiente paso es la publicación de la ley y con eso pues avanzaremos mucho, obviamente todo esto esperando que la autoridad municipal no esté coludida con aquellos negocios y lo quieran hacer de manera clandestina”, acotó.

Refirió que las sanciones van entre 100 a 200 UMA´s (Unidad de Medida y Actualización); es decir, entre 9 mil 622 y 19 mil 244 pesos, ya que cada UMA tiene un valor de 96.22 pesos. Sostuvo que es un tema fundamental en los derechos de los animales.

En la misma sesión, celebrada la noche del miércoles, se expidió la Ley de Responsabilidad Ambiental del Estado de Quintana Roo y se aprobaron reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, así como una adición a la fracción III al artículo 179 septies del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, las cuales tienen como objeto principal la implementación del nuevo régimen jurídico de responsabilidad ambiental en la entidad.

Con la nueva Ley de Responsabilidad Ambiental, se establece y regula la responsabilidad ambiental que se origina de los daños y perjuicios ocasionados al ambiente, así como la reparación y compensación de dichas afectaciones, las cuales deberán ser determinadas a través de un proceso jurisdiccional en la vía civil y a través de los mecanismos alternativos de solución de controversias vigentes en la Ley de Justicia Alternativa.

También se hicieron modificaciones a la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Quintana Roo, para cambiar la naturaleza del Fondo Estatal de Protección al Ambiente, para que los rendimientos económicos de dicho fondo puedan ser utilizados también en materia de responsabilidad ambiental, transformándose en el Fondo Estatal de Protección y Responsabilidad Ambiental.

 

Edición: Laura Espejo


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