La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró ocho predios en los Ejidos Agustín de Iturbide y Xmaben, pertenecientes al municipio de Hopelchén, por cambiar sin autorización el uso de suelo en terrenos forestales.

En coordinación con la Secretaría de Marina (Semar) y la Policía Federal, a través de Gendarmería División Ambiental, se realizó un operativo en el que participaron 52 elementos, para atender a denuncias públicas sobre la afectación de la selva.

En total se realizaron ocho visitas de inspección en las que se constató que el desmonte de vegetación forestal característica de selva mediana y baja en una superficie de 107.26 hectáreas, sin que se presentaran los documentos de autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

Además, se observó una maquinaria pesada D6 con implemento adaptado (pala) que presumiblemente fue utilizada para la apertura de seis brechas en una longitud de 25.36 kilómetros.

Los ejemplares forestales afectados son Tzalam ([i]Lysiloma latisiliquum[/i]), Jabín ([i]Piscidia piscipula[/i]), Chacá rojo ([i]Bursera simaruba[/i]), Chintok ([i]Cyclolepis genistoides[/i]) y [i]Beaucarnea sp[/i]., esta última listada en la norma oficial mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 como especie amenazada (A).

Con fundamento en el artículo 170 fracción l y ll de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), los inspectores de la Profepa determinaron imponer la clausura temporal total de las actividades con emoción total o parcial de la vegetación forestal y el aseguramiento precautorio de la maquinaria.

El aseguramiento de la maquinaria permitió evitar el parcelamiento no autorizado de más de 4 mil hectáreas de selva en los límites de Campeche con Quintana Roo, donde se pudo verificar la afectación de 3.2 hectáreas de selva dentro del Área Natural Protegida “Balam Ka´ax”. También se efectuaron tres recorridos en los Ejidos “Agustín Iturbide”, Cancabchen y Carlos Cano Cruz.

De acuerdo a lo establecido en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), los responsables de las actividades podrán hacerse acreedores a multas que van de 100 a 20 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente y a la denuncia penal correspondiente ante la Fiscalía General de la República, mediante las cuales pueden ser acreedores a penas que van de seis meses a nueve años de prisión y multas por el equivalente de cien a tres mil días multa de acuerdo a lo establecido en el Código Penal Federal. Además, se tendrá que cumplir con medidas urgentes de restauración que la Profepa ordene para resarcir los daños efectuados.


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