Israel Rodríguez
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió un mes más el plazo para que personas físicas presenten su declaración anual de impuestos correspondiente al ejercicio fiscal 2020. Por lo tanto, la vigencia se prorroga del 30 de abril al 31 de mayo de este año.
El SAT publicó este lunes en su sitio web la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y su Anexo 1-A, Quinta Versión Anticipada para el plazo de presentación de la declaración anual.
“Para los efectos del artículo 150, primer párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas podrán presentar su declaración anual correspondiente al ejercicio fiscal de 2020, a más tardar el 31 de mayo de 2021”.
Edición: Estefanía Cardeña
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