Israel Rodríguez
El Ejecutivo federal por medio de la Secretaría de Energía (Sener) publicó este martes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las nuevas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos, que entrarán en vigor a partir de mañana miércoles, en las que se establece la revocación de los permisos que se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos o que infrinjan las disposiciones legales.
Por ejemplo, a los permisionarios que realicen actividades de transporte, almacenamiento, distribución o expendio al público de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, que se compruebe hayan sido adquiridos de forma ilícita o por la comisión del delito de contrabando de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos se les podrá rescindir sus permisos.
Además, el poder que haya expedido los permisos podrá llevar a cabo la ocupación temporal, la intervención o la suspensión, a fin de garantizar los intereses de la nación, en el entendido de que quedarán salvaguardados los derechos de terceros.
Para la continuidad en la operación de las actividades que ampare el permiso, la autoridad podrá contratar a empresas productivas del estado para el manejo y control de las instalaciones ocupadas, intervenidas o suspendidas.
También la Sener y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) podrán suspender los permisos expedidos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional.
Adicionalmente, la CRE y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) llevarán a cabo las verificaciones para el cumplimiento en la medición de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, de acuerdo a lo previsto en las disposiciones jurídicas.
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