Modificarán lineamientos para revocación de mandato

Cambiarán las fechas y los apoyos podrán realizarse a través de papel y aplicación telefónica
Foto: Cristina Rodríguez

Alonso Urrutia

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobará este miércoles 10 de noviembre las modificaciones a sus lineamientos para la Revocación del Mandato en acatamiento a la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que los apoyos para promover este ejercicio pueda realizarse en la aplicación telefónica o en papel. En consecuencia, los principales cambios radican en las fechas: de corroborarse el respaldo de ley, la convocatoria pasará de emitirse en lugar del 12 de enero, el 4 de febrero y, de efectuarse el ejercicio, ya no será el 27 de marzo sino el 10 de abril.

En su artículo 28 los nuevos lineamientos establecerán que “la recolección de firmas se realizará mediante la APP desarrollada por el INE y mediante formatos físicos. Todas las actividades relacionadas con la captación y verificación de las firmas de apoyo de la ciudadanía para la Revocación del Mandato se realizarán de conformidad con el Anexo Técnico que forma parte integral de los presentes Lineamientos”, tal como lo ordenó el TEPJF

La modificación de fechas obedece centralmente a que la verificación de las firmas en papel implica un mayor tiempo y personal para digitalizar los datos de los ciudadanos que apoyan la realización de este ejercicio por la vía del papel a fin de poder cruzar la información con la base de datos del Registro Federal de Electores y confirmar la veracidad de la información.

De igual forma, se modifican los plazos sobre el corte de la lista nominal que se utilizará, en caso de que se cumpla el requisito legal para promover el ejercicio (el respaldo del 3 por ciento de ciudadanos inscritos en el listado nominal, alrededor de 2.7 millones);

“Se deberá someter a consideración del RFE y del Consejo General, a más tardar en el mes de enero de 2022, los plazos y términos para el uso del Padrón Electoral y la Lista Nominal de Electores, así como los plazos para la actualización del Padrón Electoral. Asimismo, se deberá señalar el corte de la Lista Nominal de Electores con Fotografía que deberá utilizarse para el cálculo de la participación de la ciudadanía de al menos el cuarenta por ciento de las y los ciudadanos” para que este ejercicio sea concurrente y, en caso de alcanzarse y la votación sea a favor, se proceda a la remoción del Presidente.

Por lo que corresponde a la captación de las firmas de apoyo de la ciudadanía para la RM, mediante formatos físicos, los reportes de avance serán publicados periódicamente en el micrositio.

Entre los cambios se instruye a adoptar mecanismos de seguridad necesarios que garanticen, en todo momento, la protección de los datos personales de las firmas de apoyo de la ciudadanía captadas a través de la APP y de los formatos físicos.

 

Edición: Laura Espejo


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