Revoca TEPJF resolución sobre voto contra reforma eléctrica que señalaba violencia política

Establece que era necesario comprobar agresiones graves a derechos de los denunciantes
Foto: Cristina Rodríguez

Fabiola Martínez

Por unanimidad, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la resolución de la Sala Especializada respecto a que el presidente de la República (Andrés Manuel López Obrador), la jefa de gobierno de la Ciudad de México (Claudia Sheinbaum) y el diputado Ignacio Mier ejercieron “violencia política e institucional” en contra de legisladores que votaron en contra de la reforma eléctrica.

En el proyecto aprobado se establece que para acreditar ese grado de violencia hubiera sido necesario comprobar la existencia de agresiones graves a los derechos de los denunciantes.

Diputados del PAN y de Movimiento Ciudadano afirmaron que fueron objeto de una campaña, desde abril de 2022, en la que diversos servidores públicos emitieron mensajes en los que se refería como “traidoras a la patria” hacia quienes se pronunciaron en contra de la reforma propuesta por el mandatario.

Jorge Alvarez Máynez (MC) pidió medidas de reparación, compensación y no repetición.

Los funcionarios públicos denunciados señalaron que la Sala Especializada no acreditó la existencia de una “intención de menoscabar los derechos político-electorales de los quejosos”, ni la supuesta campaña sistemática.

Así lo respaldó el proyecto aprobado al resaltar que para acreditar ese tipo de violencia se necesita la existencia de una serie de actos de quien ejerce el poder para “obstruir el ejercicio del cargo público, de vulnerar la dignidad humana, así como de lesionar los valores democráticos fundamentales, lo que no sucedió”.

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, ponente en el caso, explicó que si bien se acreditó la calumnia por parte de parlamentarios, no se actualizó la violencia política e institucional.

“En el proyecto que pongo a su consideración se propone darle la razón a quienes argumentan que no se configura la violencia política e institucional. En consideración de la ponencia no basta la acreditación de la calumnia electoral para que automáticamente haya como consecuencia un ejercicio de violencia política e institucional porque las conductas deben analizarse desde distintos elementos normativos”, dijo durante la sesión pública de este miércoles.

Igualmente, señaló que no basta la repetición de la expresión en diversos foros para entenderlo como ese tipo de violencia, tampoco fue violencia institucional porque no hubo un despliegue para la violación grave de los derechos políticos de los denunciantes.

 

Edición: Estefanía Cardeña


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