Absuelven a mujer indígena tseltal acusada de matar a su violador en Chiapas

Juanita, de 18 años, fue liberada a causa de la insuficiencia de pruebas
Foto: Elio Henríquez

Elio Henríquez

Por “insuficiencia probatoria y duda razonable”, un juez absolvió a Juanita, tseltal de 18 años, quien después de haber sido violada fue acusada de asesinar a su agresor, informó la abogada Marcela Fernández, de la Colectiva Cereza.

Entrevistada fuera del penal número 5 (a 15 kilómetros de esta ciudad), mientras esperaba la salida de la joven, la defensora explicó que ésta es originaria del municipio de Cancuc y fue detenida el 14 de marzo de 2022 en un domicilio ubicado en el barrio de Guadalupe, en San Cristóbal.

Señaló que en ese momento la mujer estaba “visiblemente lesionada y en un estado alterado de conciencia, signos que ignoró el agente del Ministerio Público”; en la misma vivienda se encontraba el cadáver de Juan N, por lo que ella fue acusada de homicidio calificado.

La activista Patricia Aracil, quien junto con otras personas acompañaba a Fernández, afirmó que Juan N murió “violentamente, por arma, pero nadie sabe qué pasó, ya que no se esclarecieron los hechos, pero Juanita no lo mató”.

Marcela Fernández añadió que la liberación de la joven se logró “por la argumentación del juez ante la insuficiencia de pruebas, pero hay que decir que la defensora pública, en coadyuvancia con la Colectiva Cereza, aportó medios de prueba, entre ellos un dictamen elaborado por una sicóloga clínica tseltal, en el que se estableció que efectivamente padeció violencia sexual”.

Consideró que “hubiera sido una mejor noticia que la sentencia se dictara con perspectiva de género, es decir, tomando en consideración el contexto de violencia objetivo que hay en San Cristóbal en contra de mujeres de pueblos originarios que migran a la ciudad y que son víctimas de violencia sexual”, como ella, quien ya había sido violentada a los 15 años, cuando llegó a la ciudad.

Agregó que se “demostró un estrés postraumático y la veracidad de la declaración de la joven en cuanto a los hechos”; asimismo, se comprobó que tuvo un trastorno mental transitorio, lo cual se incluyó en el juicio como causa para establecer la duda razonable.

 

Edición Astrid Sánchez 


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