La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, violó los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, así como el uso indebido de recursos públicos en la mañanera del 27 de marzo, la cual se llevó a cabo durante la etapa de los procesos electorales locales en el Estado de México y Coahuila, y ante la inminencia del inicio del próximo proceso electoral federal 2023-2024.
Lo anterior fue atribuido también a las personas vinculadas con la organización, producción y difusión de la conferencia matutina y al presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano.
Esto, porque del análisis realizado a las expresiones del titular Ejecutivo Federal se advirtió que hizo un llamado a no votar por una opción política a la que refiere como “bloque opositor” y, por el contrario, a continuar con la transformación que él inició en 2018 y, al ser de naturaleza electoral, pudieron generar una influencia indebida y un impacto en la ciudadanía que recibió esa información.
Además, porque López Obrador y las personas funcionarias públicas encargadas de la organización, producción y difusión de la conferencia utilizaron recursos materiales, humanos y económicos para su celebración y difusión.
Finalmente, en relación con el incumplimiento a las medidas cautelares, se declaró la existencia de la infracción respecto del titular del Ejecutivo Federal porque los contenidos no se retiraron en el tiempo que otorgó la Comisión de Quejas del INE. Respecto de la conferencia matutina del 2 de junio, no se acreditó tal infracción como una conducta reiterada del citado funcionario.
En consecuencia, se ordenó dar vista a los órganos internos de control de la Oficina de la Presidencia de la República y del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, para los efectos conducentes, respecto las personas del servicio público denunciadas.
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