Encargados de programas sociales no podrán representar a partidos en elección de 2024: TEPJF

Es una medida preventiva para evitar la injerencia de personas servidoras públicas
Foto: Cristina Rodríguez

Fabiola Martínez

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la prohibición a servidores públicos relacionados con programas sociales, incluidos los “servidores de la nación”, de ser representantes partidistas, funcionarios de casilla, observadores, supervisores o capacitadores en las elecciones del año próximo.

De los seis magistrados presentes en la sesión de este miércoles, sólo Felipe Fuentes votó en contra al advertir que los lineamientos elaborados por el Instituto Nacional Electoral (impugnados por Morena) limitan los derechos políticos de los ciudadanos y, además, el árbitro se atribuye competencias que no tiene.

Los citados lineamientos, elaborados por orden del TEPJF, establecen “medidas preventivas” para evitar la injerencia y/o participación de personas servidoras públicas que manejan programas sociales en el proceso electoral federal y los locales 2023-2024.

Janine Otálora, ponente del caso, concluyó que el INE cumplió la sentencia de la Sala Superior al elaborar directrices para hacer cumplir los principios rectores en materia electoral, bajo el argumento de que los servidores públicos tienen contacto directo con la ciudadanía y las comunidades.

En su primera intervención, Fuentes dijo que el INE estaba generando nuevas figuras jurídicas respecto de los servidores públicos; al contrario, dijo, el INE debió limitarse a hacer llamado de conducción imparcial en la jornada electoral pero no limitar derechos.

“Los nuevos lineamientos trastocan principios de subordinación jerárquica y de reserva de ley”, dijo. En suma, “hay excesos en la materia que reglamentó el INE”.

Más adelante advirtió que los lineamientos en cuestión “son anticonstitucionales e ilegales”.

A su vez, el magistrado presidente, Reyes Rodríguez, hizo énfasis en que el antecedente de este caso es la participación de los “servidores de la nación” en la reciente elección de Tamaulipas, y también porque se reconoce que en la entrega de programas sociales puede haber presión o coacción a los electores.

Subrayó la necesidad de “alejar la posibilidad de que se generen vínculos entre el beneficio de un programa social y el ejercicio de presión” del voto. Igualmente, evitar uso indebido de recursos públicos y poner freno a los servidores públicos en cuanto a hacer promoción para un tercero.

En un sentido similar se pronunció la magistrada ponente, al destacar que se trata de medidas preventivas, por lo que “estos lineamientos tienen sustento en la línea jurisprudencial de esta Sala Superior”.


 

Edición: Estefanía Cardeña


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