IMPI protege la Indicación Geográfica Pulpo Maya de la Península de Yucatán

Con esta declaratoria sólo el producto que cumpla la norma puede llamarse así
Foto: Fernando Eloy

A partir de este lunes 26 de agosto el Pulpo Maya de la Península de Yucatán estará protegido por una declaratoria de Indicación Geográfica que emitió el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en el Diario Oficial de la Federación (DOF), lo que quiere decir que la especie sólo podrá ser comercializada bajo este nombre si cumple con las características establecidas.

La declaratoria de protección de una Indicación Geográfica se utiliza para identificar un producto cuyas características son otorgadas por las cualidades naturales del medio geográfico en donde es producido. En el caso del pulpo maya, aunque éste aparezca en otras zonas con las mismas características no podrá ser identificado de esta forma. 

De acuerdo con el DOF, para que un producto sea considerado Pulpo Maya de la Península de Yucatán deberá ser pescado en el litoral costero que incluye a los estados de Campeche, Yucatán y el litoral norte del estado de Quintana Roo, en el polígono que abarca desde la línea de costa hasta una profundidad máxima de 12 a 15 metross, teniendo en los extremos al Noroeste de la península de Yucatán el municipio de Isla Mujeres, Quintana Roo, localizado en las coordenadas 21° 48' 05" de Latitud Norte y 86° 48' 10'' Longitud Oeste y al Suroeste de la Península de Yucatán en el poblado de Isla Aguada, Campeche, localizado en las coordenadas 18° 59' 23" de Latitud Norte y 91° 11' 29" Longitud Oeste.

“La Indicación Geográfica Protegida ‘Pulpo Maya de la Península de Yucatán’ es un bien nacional y sólo podrá usarse mediante autorización que expida el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, una vez que quede acreditada la persona moral responsable de certificar el cumplimiento de las reglas de uso”, detalla el DOF. 

Para distinguir el Pulpo Maya de la Península de Yucatán, el IMPI estableció como características que bajo cada ojo tenga una mancha o lunar llamada ocelo que se ubica en la base de los brazos II y III; el color debe ser entre rojo a gris verdoso, con un entramado de líneas irregulares en la superficie de la piel; la cabeza o manto es grande, con abertura oval amplia, pared muscular gruesa, cuello corto y sifón tubular; los brazos tienen longitud moderada, gruesos en la base con los extremos adelgazados, y cada brazo tiene entre 160 y 210 ventosas, agrupadas en dos filas muy cercanas, espaciadas en la porción proximal y media de los brazos y apiñadas en las puntas.

Además, esta denominación sólo es posible si el molusco es pescado con la técnica conocida como ​​gareteo" o "método campechano".

La declaratoria también precisa las condiciones en las que tiene que ser envasado el producto y otros insumos a tomar en cuenta durante su captura. 

Con todo esto, los consumidores tendrán la certeza de que el producto cumple con las normas y es verdaderamente originario ya sea de Campeche, Yucatán o Quintana Roo. 


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