Alfredo Méndez
Foto: Alfredo Domínguez
La Jornada Maya

Ciudad de México
Miércoles 29 de Junio, 2016

El juez federal José Díaz de León Cruz suspendió este martes de manera provisional las dos órdenes de extradición a Estados Unidos emitidas por la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) contra Joaquín El Chapo Guzmán, las cuales sólo estarán vigentes una o dos semanas, y por ahora detienen el envío del capo sinaloense a ese país, donde es requerido por cortes federales de los estados de Texas y ­California.

Para que Guzmán Loera pueda permanecer en territorio mexicano sin el temor de que en cualquier momento sea extraditado, el mismo juez debe conceder las suspensiones definitivas, lo que ocurrirá después de que se celebren las audiencias incidentales la próxima semana.

Según funcionarios del Poder Judicial federal, el juez Díaz, titular del juzgado segundo de distrito de amparo penal en la Ciudad de México, dentro de juicios de amparo 561 y 562/2016, ya pidió a la cancillería mexicana los informes previos justificados, a partir de los cuales determinará si concede o niega las suspensiones de manera definitiva.

Con éstas ya suman seis suspensiones que los abogados de Guzmán han obtenido en semanas recientes para evitar un destierro o una especie de extradición exprés.

Los dos casos por los que el gobierno de México ha autorizado la extradición del sinaloense están radicados en las cortes federales de los distritos sur de California, en San Diego, y oeste de Texas, en El Paso.

En el primero de ellos se trata de una orden de aprehensión girada contra Guzmán desde 1996 por el delito de asociación delictuosa y por importar y poseer cocaína con la intención de distribuirla.

El otro expediente es por los cargos de homicidio, lavado de dinero, delito contra la salud, delincuencia organizada, asociación delictuosa y posesión de armas.

Entre los argumentos expresados por los abogados del sinaloense para obtener el amparo destacan el hecho de que supuestamente la autoridad estadunidense que solicitó las extradiciones carece de legitimación, pues quien suscribe el trámite es un encargado de negocios de la embajada de Estados Unidos y no el embajador.

Otro planteamiento es que los hechos por los que se pretende juzgar al capo en Estados Unidos, en realidad ocurrieron en México, y que si bien algunos efectos de esas conductas sucedieron en el país vecino los calificaron de no concretos y hasta subjetivos.

El tercer argumento, a la luz del llamado control difuso de constitucionalidad y convencionalidad, que es la facultad que tienen los juzgadores para inaplicar leyes que consideren contrarias a la Constitución, expone que son insuficientes las pruebas ofrecidas por Estados Unidos contra El Chapo.


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