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Foto: Enrique Osorno

Este lunes, la Cámara de Diputados aprobó la reforma que permite la creación del Fondo del Bienestar, mediante la cual se busca que los trabajadores en retiro cuya jubilación sea menor a 16 mil 777.68 pesos al mes, lo que representa alrededor de 2.25 veces el salario mínimo, reciban la totalidad de su último sueldo, ya como pensión, mediante un complemento solidario. La cifra de referencia es el salario promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La polémica en cuanto a esta reforma viene de los recursos para sustentar dicho pago, que provendrán parcialmente de la transferencia, a un fideicomiso, de las cuentas individuales de trabajadores de más de 70 años que hayan permanecido inactivas y sin reclamar, y en las que se calcula hay más de 40 mil millones de pesos. El inconveniente, según la oposición, es que el dinero en esas cuentas debe llegar a los beneficiarios que el trabajador designó en la correspondiente Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), y que este derecho es imprescriptible.

La reforma, sin embargo, beneficiará al menos a 26 millones de mexicanos que no tenían garantizada una pensión suficiente, según mencionó el presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia matutina. Un daño que a su vez es consecuencia de las reformas al régimen de pensiones impulsado durante los gobiernos de Ernesto Zedillo y Felipe Calderón. El espíritu es que quien se jubile pueda hacerlo con su salario completo en lugar del 30 o 40 por ciento que actualmente se tiene.

En el discurso existe, por lo menos, la duda acerca de la legalidad de tomar las cuentas que han permanecido inactivas. Debe aclararse a qué se refiere esta idea, pues la ausencia de movimientos puede indicar algo más que un trabajador fallecido; también es posible que éste haya pasado a la informalidad, o que tenga duplicidad de aportaciones. Esto último es algo difícil, pero no imposible. También está pendiente de resolver si el dinero en esas cuentas debe hacerse llegar al trabajador o a sus beneficiarios.

Como sea, tocará al Poder Judicial, como ya anunció la oposición, definir si esta reforma es constitucional y si en todo caso se justifica. Igualmente, debe distinguirse que las Afores no son bancos. Eso sí, hay cuatro instituciones bancarias (Azteca, Citibanamex, Inbursa y Banorte) que cuentan con una administradora de fondos para el retiro como uno de sus productos; la última de ellas, en combinación con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

En cuanto a que el fondo para financiar el incremento a las pensiones sea administrado por el Banco de México, esto puede ser una garantía fuerte, ya que esta institución ha venido desempeñándose con plena autonomía en lo que le corresponde, que es el control de la inflación. En algún momento deberá reconocerse el papel del banco central para que el país no se encuentre en una situación semejante a la de Argentina. 

Ahora bien, por otro lado, el Banco de México ha tenido que ir acotando sus funciones. En su historia hay episodios en los que personajes encumbrados de la política lo trataban como si se tratara de una institución comercial de la cual podían obtener créditos que nunca eran devueltos, por lo que las inversiones a que se destinen los fondos para pensiones deberán estar sumamente vigiladas.

Ahora, la reforma está concebida para beneficiar a quienes se van a jubilar conforme a la Ley de 1997 del IMSS; es decir, a quienes se les machacó que hicieran aportaciones voluntarias a su Afore, aún a sabiendas de que los salarios dejan muy poco margen para el ahorro.

Queda entonces otra batalla por el consenso en la opinión pública, porque de un lado se trata de corregir una injusticia y por otro se grita “¡agandalle!”. El fondo es que quienes han dedicado su vida al trabajo y a aportar a la economía del país a través de impuestos o de creación de riqueza para grandes potentados, cuenten con un retiro digno.

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Edición: Estefanía Cardeña


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