Joana Maldonado
Foto: Comunicación Gobierno del Estado
La Jornada Maya

Chetumal, Quintana roo
Miércoles 16 de mayo, 2018

Quintana Roo tiene un nuevo marco legal para un desarrollo ordenado y que garantice viviendas dignas para sus habitantes, luego de que la XV Legislatura aprobó en sesión la renovada Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del estado y la Ley de Acciones Urbanísticas y otras reformas a diversas disposiciones que en conjunto se denominan Reforma Urbana. De su aprobación deriva la creación un Instituto Quintanarroense de la Vivienda.

De manera unánime, la XV Legislatura aprobó el decreto por el que se expiden ambas leyes a partir de una iniciativa presentada por el diputado independiente Juan Carlos Pereyra Escudero y que integra también reformas a la Ley de Vivienda, la Ley de Equilibrio Ecológico, la Ley de Condominio de inmuebles y la Ley de Expropiación del estado.

La iniciativa fue presentada desde diciembre del año pasado y turnada a comisiones en donde se sujetó a consulta con diversos actores que participaron con propuestas en una consulta ciudadana que se denominó “Para un crecimiento y desarrollo urbano ordenado y sustentable del estado”.

El dictamen aprobado integra una reforma integral en materia urbana que se traduce a una herramienta eficaz para dar respuesta urgente a los graves problemas en el uso y ocupación del territorio del Estado, al deterioro ambiental y a la pérdida persistente de recursos naturales y a la “baja calidad de vida de la población”.

“En este sentido, pretende sustituir el modelo de urbanización desordenada que hoy opera en Quintana Roo, por un modelo de urbanización ordenado que reconozca los principios del derecho a la ciudad, de la función social de la propiedad y que permita un desarrollo urbano y territorial incluyente, democrático, productivo, eficiente, seguro, sustentable y resiliente”, cita el dictamen.

La nueva Ley de Asentamientos establece las normas básicas para regular las acciones urbanísticas de fusión, subdivisión, relotificación, parcelación, fraccionamiento y conjuntos urbanos en el Estado, determinar las bases conforme a las cuales el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos ejercerán sus atribuciones en esas materias, así como los mecanismos necesarios de concertación y coordinación; fijar los procedimientos y requisitos a que se sujetará la solicitud y autorización de las diversas acciones urbanísticas materia de esta Ley; y establecer las disposiciones y mecanismos de verificación, control y sanción de este ordenamiento.

Además, se establecen los estándares mínimos para asegurar las condiciones de habitabilidad. Por ejemplo, la vivienda popular no podrá tener un frente mínimo de seis metros ni un lote podrá ser inferior a 108 metros cuadrados, previendo su crecimiento progresivo.

En ella, se establece la creación de un Instituto Quintanarroense de la Vivienda, el cual tendrá por objeto hacer una realidad el derecho a una vivienda adecuada para toda la población, contribuyendo al ordenamiento territorial y al desarrollo urbano del Estado, mediante la formulación, coordinación y ejecución de programas de producción, financiamiento y comercialización de suelo y vivienda, en sus diferentes modalidades.

En los artículos transitorios, se estableció que los programas de desarrollo urbano y los ordenamientos ecológicos del territorio, así como las autorizaciones de acciones urbanísticas otorgadas con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley seguirán vigentes en los términos que fueron aprobados o concedidas.

En tanto, aquellas que se encuentren en trámite, se deberán ajustar a sus nuevas disposiciones. Para tal efecto, los interesados en alguna autorización, refrendo o renovación en materia de acciones urbanísticas podrán optar por continuar su procedimiento ajustando sus proyectos a la normatividad vigente, o bien, presentar una nueva solicitud, en cuyo caso no pagarán nuevamente los derechos correspondientes.


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