La Jornada Maya
Foto: Cuartoscuro

Quintana Roo
Domingo 6 de agosto, 2017

La Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la validez y legalidad de la resolución emitida el 30 de mayo del 2016, en donde la Dirección General de Impacto Ambiental y Zona Federal Marítimo Terrestre de la Profepa determinó que Fonatur removió vegetación natural al amparo de una autorización vigente al momento en el que ocurrió el hecho.

Dicha autorización fue emitida en materia de impacto ambiental por la Semarnat para el Anteproyecto Malecón Cancún (Tajamar).

Esta procuraduría determinó en 2016, que Fonatur no fue administrativamente responsable por infracciones ambientales, en relación a la remoción de vegetación en Tajamar.

La sala especializada consideró que los argumentos que formuló la persona que impugnó el resolutivo favorecido Fonatur, resultaron ineficaces para demostrar una ilegalidad.


Cabe señalar que dentro del mismo proyecto de Tajamar, esta procuraduría federal sancionó a la empresa mexicana Bi & Di Real Estate, por 6.6 millones de pesos, tras encontrarla responsable de remover vegetación forestal en predios del malecón, sin contar con las autorizaciones correspondientes para las actividades de remoción.


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