SCJN invalida parcialmente el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial de Tulum

Su implementación provocaría una afectación irreversible a áreas naturales protegidas, señaló la Corte
Foto: Ayuntamiento de Tulum

Profesionistas y ecologistas de Tulum se congratularon por la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó parcialmente el Programa Municipal de Ordenamiento Territorial, Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable de Tulum (PMOTEDEUS) impulsado por la administración local pasada. Este documento indicaba dónde y con qué densidad se podía construir en el municipio.

Sobre este tema, cabe recordar que tras su publicación en el año 2021, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) promovió acciones de controversia constitucional ante la SCJN contra el PMOTEDEUS, mismas que quedaron asentadas con el número de expediente 68/2021, donde figura como actor el Poder Ejecutivo Federal.

En virtud de lo anterior, Fernando Aznar Pavón, presidente del Colegio de Profesionistas de Tulum, declaró que esta herramienta fue publicada el 31 de marzo de 2021 en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo, aunque no terminaron de subirlo al Registro Público de la Propiedad.

 

Foto: Ayuntamiento de Tulum

 

Precisó que en su momento los profesionistas locales crearon una defensa social donde el Colegio de Ingenieros y Arquitectos de Tulum, ecologistas y habitantes presentaron 10 amparos porque no estaban de acuerdo con diversos aspectos, aunado a que el documento se elaboró sin hacerse una consulta pública de manera anticipada.

Dijo que el PMOTEDEUS tiene muchos errores y emana de una Ley de Asentamientos Urbanos Estatal que fue creada de una idea híbrida entre la Ley de Asentamientos Urbanos y la Ley General de Equilibrio Ecológico, lo cual -a su criterio- no tiene concordancia con las leyes federales.

Refirió que en este instrumento no incluyeron “hábilmente” las Áreas Naturales Protegidas como la reserva de Sian Ka’an, el Parque Nacional Tulum, zonas arqueológicas, cenotes, ríos subterráneos, playas, humedales ni especies de flora y fauna endémicas, lo que permitía construcción y cambio de uso de suelo a todas las áreas de Tulum.

Refirió que esto además podría llevar a responsabilidades legales a los funcionarios que participaron en la aprobación del PMOTEDEUS, porque están atentando contra la naturaleza y el futuro de nuevas generaciones. Dijo que incluso ha habido fraudes en la venta de terrenos porque los comercializadores alegan que el PMOTEDEUS permite el desarrollo, pese a que son zonas frágiles y de cero densidad.

Expuso que esperan reunirse con la gobernadora de Quintana Roo, Mara Lezama, para nuevamente hacerle notar que están para velar técnicamente para que en Tulum se preserve y tenga un crecimiento correcto, sobre todo porque se vienen los proyectos del Tren Maya y el Aeropuerto Internacional Felipe Carrillo Puerto.

Manifestó que esta resolución es una buena noticia, aunque esperan que con los amparos pueda desecharse definitivamente este programa, “que es nocivo y no tiene ninguna afinidad de un desarrollo ordenado y sustentable de Tulum”.

 

¿Qué dice la sentencia?

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió, a grandes rasgos, que reconoce la validez parcial del Programa Municipal de Ordenamiento Ecológico y Desarrollo Urbano Sustentable del Municipio de Tulum, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 31 de marzo de 2021.

Se declaró la invalidez de las unidades de gestión territorial sustentable correspondientes al Corredor Yalkú-Akumal, Corredor Akumal-Xel Há, Xel Há-Punta Cadena, Zona Suburbana Sur del Centro de Población Tulum, Pino Suárez y Manglares de Pino Suárez, lo que repercute en el potencial máximo de cambio de uso de suelo de terrenos forestales.

Asimismo, el documento pretendía regular obras en áreas costeras (playas), pero éstas constituyen bienes de uso común de carácter nacional sujetas al régimen de dominio público de la Federación y, en ese sentido, el municipio de Tulum no tiene competencia para reglamentar su uso, aprovechamiento y explotación.

“La implementación del PMOTEDUS provocaría una afectación irreversible a las áreas naturales protegidas, al medio ambiente y al derecho a la protección de la salud”, determinó la Corte.

 

Postura de la Sedatu

Consultado respecto a la sentencia de la SCJN, Román Meyer Falcón, titular de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), declaró que no afecta a las obras que lleva a cabo la Federación en Tulum, ya que no tomaron en cuenta dicho instrumento y han estado abocados desde hace meses en un proyecto de Centro de Población que vienen planificando y elaborando coordinadamente con la administración municipal.

“Si bien ahora está impugnado ese programa municipal, nosotros podemos seguir trabajando con herramientas muy similares como el Centro de Población, que da las posibilidades de poder fincar lo que son las zonificaciones y los usos de suelo, entonces seguimos trabajando, estamos contemplando concluir con el programa de Centro de Población, que dictamina los usos de suelo y permite otorgar permisos de construcción”, sostuvo.

 

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Edición: Estefanía Cardeña


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