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Ana Ramírez
30/03/2026 | Cancún, Quintana Roo
En rueda de prensa realizada este lunes 30 de marzo en las oficinas de atención en Cancún del Sistema de Administración Tributaria (SAT) se hizo un llamado a todas las personas físicas para que presenten su declaración anual antes de que concluya abril y eviten multas.
"Recordarles que a partir del primero de abril y hasta el día 30 es el periodo para que las personas físicas den cumplimiento a esta importante obligación que es la de su declaración anual", compartió Sandra Raya Torres, administradora desconcentrada del SAT en Quintana Roo.
En este caso, dijo, las personas que deben presentar la declaración anual son aquellas que tienen ingresos por salarios, actividades empresariales, servicios profesionales, arrendamiento, dividendos e intereses, por lo que tienen esta obligación.
Específicamente en Quintana Roo el padrón de personas físicas que pueden ser susceptibles de presentar su declaración anual es de un millón 162 mil 370 contribuyentes; aproximadamente 80 por ciento son asalariados y no en todos los supuestos están obligados a declarar, solamente quienes superan los 400 mil pesos, aquellos que tuvieron más de un empleador, quienes no laboraron durante todo el ejercicio y aquellos que también perciben algún otro ingreso.
Como cada año, apuntó, el SAT actualiza sus herramientas y en este 2026 tienen el sistema con algunas mejoras, como la máxima carga de información. Se detalló con mayor precisión el tema de las deducciones personales, las que pueden encontrar de forma más gráfica e identificar cuáles pueden incorporar a su declaración.
Asimismo, acotó, las personas del régimen simplificado de confianza, que tienen solo esta actividad, cuentan con la facilidad de no presentar la declaración anual, únicamente con los pagos provisionales mensuales es suficiente.
"Una de las modificaciones que se hizo para este ejercicio es que todas aquellas personas cuyo saldo a favor sea mayor a 10 mil un pesos tendrán que cumplir con la presentación de la declaración anual, enviándola a través de la firma electrónica, entonces quienes puedan caer en este supuesto deben tener esta herramienta", especificó.
Asimismo, quienes tengan un saldo a cargo podrán optar por el pago en parcialidades, de dos a seis, lo que se determina en la misma declaración; mientras que al tener en saldo a favor, el plazo para recibir su devolución será de aproximadamente cinco días hábiles, aunque el SAT puede hacer una revisión adicional y el plazo de la legislación son 40 días hábiles.
Existe también un micrositio para la declaración, herramienta disponible todos los días, las 24 horas, y lo ideal es que se cumpla de manera oportuna, especialmente quienes desean el uso de parcialidades, porque después de abril ya no podrán aplicarlo.
Por su parte, Olga María Molina Renzuares, administradora desconcentrada de recaudación en Quintana Roo, hizo énfasis en la importancia de la regulación fiscal, invitando a los contribuyentes a aprovechar el estímulo activo, como una facilidad para regularizarse del adeudo del 2024 por declaración no presentada en el 2025.
"Con los créditos fiscales controlados hemos enviado 319 correos invitación para personas morales, 384 para personas físicas a nivel local... es una facilidad que no deben dejar de aprovechar, pueden pagar hasta el 25% de lo que deben, pagando prácticamente solo la contribución actualizada", enfatizó.
Edición: Fernando Sierra