Celebra Victor Mas reforma de libre acceso a las playas

“Estaremos muy atentos para que se cumpla con esta disposición", aseguró
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Foto: Ayuntamiento de Tulum

El presidente municipal de Tulum, Victor Mas Tah, celebró las adiciones realizadas a la Ley General de Bienes Nacionales que garantizan el libre acceso y tránsito en las playas, reciente medida adoptada por el gobierno federal en favor de los mexicanos.  

“Estaremos muy atentos para que se cumpla con esta disposición para que las playas públicas tengan acceso libre ya que hemos estado pendiente de la apertura de las mismas para que la población de Tulum y los visitantes puedan disfrutar de los atractivos naturales que goza el municipio a lo largo de más de cien kilómetros de costa”, dijo el edil.  

Sostuvo que su administración adquirió el compromiso para seguir haciendo toda la parte legal que lleve a la apertura de ventanas al mar: “Tenemos tres ya aperturadas, una de ellas en Bahía Punta Solimán, tenemos un acceso al mar, un área pública para todos, donde se ubica una playa denominada Playa Balam”; las otras son playa A’ak, en Punta Piedra y un tercer acceso se ubica en Playa Ixchel, ubicada en la cuarta etapa de Tankah.  

El alcalde destacó que las anteriores administraciones, lejos de rescatar estos espacios, dejaron de ser de los tulumnenses y de los mexicanos, lo que complica recuperar todas las ventanas al mar; no obstante, se hace el trabajo jurídico para lograrlo.

Se espera que los cambios a la citada ley y en especial al Artículo 127 aplicado para el caso de que no existan vías públicas o accesos desde la vía pública, los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre deberán permitir el libre acceso a la misma, así como a las playas marítimas, con la intervención de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y apego al reglamento de la misma ley.  

La publicación en el Diario Oficial de la Federación del pasado 21 de octubre fija la intervención de la Semarnat para convenir con los propietarios alguna compensación en los términos que fije el reglamento. Dichos accesos serán considerados servidumbre, en términos de la fracción VIII del artículo 143 de esta ley.  

Las adiciones al Artículo 154 mencionan sanciones “con multas de entre 3 mil y hasta 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización vigente a los propietarios de terrenos colindantes con la zona federal marítimo terrestre o los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre que por cualquier medio o acto impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a la zona federal marítimo terrestre y a las playas marítimas”.  

Para el caso de titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de la zona federal marítimo terrestre, en caso de reincidencia, además de la sanción señalada en el párrafo anterior, se revocará la concesión, autorización o permiso, observando en lo conducente, lo dispuesto en el artículo 18 de esta ley, de acuerdo con lo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Edición: Ana Ordaz


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