Texto y foto: Agencia SIM
La Jornada Maya
Chetumal, Quintana Roo
Miércoles 6 de noviembre, 2017
Aunque todos los que han sido gobernadores constitucionales de Quintana Roo han nacido en el estado, quienes no sean originarios de este territorio pueden aspirar a alcanzar la primera magistratura siempre y cuando demuestren tener una residencia mínima de 10 años, así lo determinó lo anterior en la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Aunque siete ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional el artículo 80, fracción I, de la constitución local, que establece la temporalidad a los no nacidos en esa región del país, al Pleno de la Corte le hizo falta un voto más para derogar el precepto, por tratarse de una acción de inconstitucionalidad.
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, ministro ponente, explicó que el artículo es inconstitucional porque el constituyente local no justificó la imposición de esos 10 años de residencia, y porque incluyó una distinción entre personas no nativas y personas hijos de padres o madres nacidos en la entidad para efectos de exigir años de residencia, diferenciación que no es reconocida por la Constitución Federal.
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