La Jornada Maya
Foto: Google Earth

Tulum, Quintana Roo
Miércoles 3 de junio, 2020

El juez séptimo de distrito, Darío Alejandro Villa Arnaiz, otorgó la suspensión definitiva contra el megaproyecto hotelero del Grupo Posadas —la construcción del Live Aqua Beach Resort Tulkal (340 cuartos) y el Fiesta Americana All Inclusive Tulkal (515)— en Chemuyil y Chemuyilito, área contigua al Santuario de la Tortuga Marina de Xcacel-Xcacelito, al concluir en su sentencia que hubo omisión de tres dependencias federales y una estatal.

El 9 de mayo, organizaciones ambientalistas presentaron un amparo contra la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) por omisión en sus funciones.

Araceli Domínguez Ramírez, presidente del Grupo Ecologista del Mayab (Gema), denunció la “terrible” devastación de la zona costera y pérdida de hábitat de la tortuga marina, así como el “enorme” riesgo de afectación al santuario tortuguero, y anunció la conformación de un frente de varias organizaciones ambientalistas y ciudadanas.

En su sentencia, Villa Arnaiz incluyó a los Servicios Estatales de Salud (Sesa) por no haber inspeccionado, clausurado y retirado a los trabajadores de la obra, lo mismo en el caso de la STyPS; en el caso de la Profepa y Semarnat, por no impedir que continuaran los trabajos de desmonte, remoción y construcción.

En la sentencia se señaló que la delegación de la Profepa fue omisa en dar respuesta, atender y dar seguimiento y/o desarrollar las actuaciones administrativas necesarias para constatar los hechos de la denuncia presentada el 12 de marzo por los posible delitos ambientales en el predio ubicado en las bahías de Chemuyil y Chemuyilito.

La sentencia refiere que no se pueden postergar la inspección y vigilancia dada la posible afectación al ecosistema de Chemuyil y Chemuyilito, indicó Araceli Domínguez, quien destacó que no se solicitó garantía para conceder la suspensión ya que, al entender del juez, la protección del medio ambiente y los recursos naturales significa el “interés social” de los mexicanos.

“El alto tribunal del país —reza la sentencia— ha señalado que el derecho a un ambiente sano, como derecho fundamental y garantía individual consagrada en el artículo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe entenderse como una exigencia y un deber.”
Quedó pendiente la resolución de los actos reclamados a la Semarnat, a la espera de que entregue su informe.


Edición: Enrique Álvarez


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