Abraham Bote
Foto: @laguzmanoficial
La Jornada Maya

Mérida, Yucatán
Sábado 29 de febrero, 2020

Luego de que circuló versiones en redes sociales y algunos medios de comunicación, de que la cantante Alejandra Guzmán recibió trato preferencial por parte del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), al permitirle ingresar a la Zona Arqueológica de Chichén Itzá en horario especial, la dependencia desmintió algún trato fuera de la ley para el acceso de la cantante.

José Arturo Chab Cárdenas, jefe del jurídico del INAH en Yucatán, señalo “que la artista ingreso como cualquier ciudadano mexicano, a la Zona Arqueológica a las 17:25 horas del día 28 de febrero de los corrientes, adquiriendo previamente sus boletos como lo establece la Ley Federal de Derechos en su Articulado 288. Durante su visita se hizo acompañar únicamente de una persona de sexo masculino, precisando, que ninguna autoridad del INAH, recibió a la artista, ni autorizo su acceso, sin el pago de los derechos correspondientes, por lo que la nota periodística que señala un trato VIP no tiene sustento”.

También aclaró que la artista y su acompañante salieron de la zona arqueológica durante el cierre de la misma a las 18:20 y nuevamente ingresaron con otros acompañantes con boleto en mano a las 19:10 horas, -como lo hicieron otros 79 visitantes- para presenciar en el espectáculo de luz y sonido de la Zona Arqueológica, que opera el Patronato CULTUR, del Gobierno del Estado de Yucatán.

De igual modo, puntualizó que las autoridades del INAH no toleraran ninguna conducta que vulnere la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos; la Ley General de Bienes Nacionales y la Ley Federal de Derechos, procediendo legalmente contra quien incumpla las normas dentro de la Zona Arqueológica.

Por su parte, Marco Antonio Santos Ramírez, director de la Zona Arqueológica precisó “que no se dará trato preferencial a persona alguna que visite la Zona Arqueológica y quienes acudan a visitarla, ya sea ciudadanos mexicanos o extranjeros, deberán realizarlo durante los horarios autorizados por la ley, pagando sus respectivos boletos sin excepción”.

Es importante señalar, que la Ley Federal de Derechos en el artículo 288 establece que “están obligados al pago del derecho por el acceso a los museos, monumentos y zonas arqueológicas propiedad de la Federación, las personas que tengan acceso a las mismas”. Por ello, todos los ciudadanos sin excepción deben pagar su acceso correspondiente.


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