César Arellano García y Emir Olivares
Foto: Victor Camacho
La Jornada Maya

Ciudad de México
Lunes 4 de junio, 2018

Un tribunal colegiado de Tamaulipas ordena reponer el procedimiento del caso Ayotzinapa y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).

Por unanimidad de votos, los magistrados Mauricio Fernández de la Mora (ponente), Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, concedieron la protección de la justicia federal a familiares de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos y ordenaron reponer el procedimiento, al establecer que la investigación no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial por la Procuraduría General de la República, como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como los protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas.

Al resolver los amparos en revisión 203/2017 al 206/2017, también requirieron al Ministerio Público de la Federación que presente dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo previsto en el Protocolo de Estambul, de no presentarlos con las exigencias del Protocolo, se determinó que hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en contra de coinculpados fueron obtenidas mediante tortura.

En consecuencia, ante las graves violaciones a los derechos humanos, como tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales, y debido a que se ordenó investigar la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, aunado a que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente, se determinó crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).

La comisión estará integrada por los representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Federación, siendo los dos primeros quienes decidirán qué líneas de investigación seguirán y las pruebas a desahogar, y podrán validar la incorporación de más organizaciones tanto nacionales como internacionales de derechos humanos.

En la sentencia, los Un tribunal colegiado de Tamaulipas ordena reponer el procedimiento del caso Ayotzinapa y crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala)

Por unanimidad de votos, los magistrados Mauricio Fernández de la Mora (ponente), Juan Antonio Trejo Espinoza y Héctor Gálvez, del Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, concedieron la protección de la justicia federal a familiares de los 43 normalistas de Ayotzinapa desaparecidos y ordenaron reponer el procedimiento, al establecer que la investigación no fue pronta, efectiva, independiente ni imparcial por la Procuraduría General de la República, como lo exige la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como los protocolos adoptados por la Organización de las Naciones Unidas.

Al resolver los amparos en revisión 203/2017 al 206/2017, también requirieron al Ministerio Público de la Federación que presente dictámenes elaborados por peritos independientes que cumplan con lo previsto en el Protocolo de Estambul, de no presentarlos con las exigencias del Protocolo, se determinó que hay indicios suficientes para presumir que las confesiones e imputaciones en contra de coinculpados fueron obtenidas mediante tortura.

En consecuencia, ante las graves violaciones a los derechos humanos, como tortura, desaparición forzada de personas y ejecuciones extrajudiciales, y debido a que se ordenó investigar la participación de autoridades de los tres niveles de gobierno, aunado a que en México no se cuenta con una Fiscalía independiente, se determinó crear la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (Caso Iguala).

La comisión estará integrada por los representantes de las víctimas, la Comisión Nacional de Derechos Humanos y el Ministerio Público de la Federación, siendo los dos primeros quienes decidirán qué líneas de investigación seguirán y las pruebas a desahogar, y podrán validar la incorporación de más organizaciones tanto nacionales como internacionales de derechos humanos.

En la sentencia, los magistrados señalan la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas, previsto en el artículo 17 constitucional, cuyo objeto es llegar a la verdad y que se pueda garantizar que no se repitan este tipo de graves violaciones de derechos humanos, para lo cual armonizaron los artículos 20 constitucional, que contempla el derecho de las víctimas a participar en la indagatoria, y el 21 de la misma Carta Magna que establece que la investigación incumbe al Ministerio Público.

En la sentencia, los magistrados señalan la necesidad de cumplir con el derecho fundamental de acceso a la justicia de las víctimas previsto en el artículo 17 constitucional, cuyo objeto es llegar a la verdad y que se pueda garantizar que no se repitan este tipo de graves violaciones de derechos humanos, para lo cual armonizaron los artículos 20 constitucional, que contempla el derecho de las víctimas a participar en la indagatoria, y el 21 de la misma Carta Magna que establece que la investigación incumbe al Ministerio Público.


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