Abraham Bote
Foto: Cuartoscuro
La Jornada Maya

Mérida, Yucatán
Viernes 26 de junio, 2020

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió recomendaciones número 10/2020 y 11/2020, a los gobiernos de Quintana Roo y Tabasco por las deficiencias que vulneran Derechos Humanos de las mujeres internas en los Centros Penitenciarios de ambos estados.

Para la elaboración de las recomendaciones, la CNDH indicó en un comunicado que se realizaron diversas visitas a los Ceresos de Cárdenas, Comalcalco y Huimanguillo en Tabasco; también a uno en Chetumal y dos en Cancún, Quintana Roo, donde se entrevistaron a mujeres privadas de la libertad y al personal que ahí labora.

El organismo señaló que observaron la situación de vulnerabilidad en que viven las mujeres en los centros penitenciarios mixtos de los estados de Quintana Roo y Tabasco, refleja un incumplimiento a lo señalado por el artículo 18, párrafo segundo de la Constitución Federal cuando señala que: "el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción social", precisando que "las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres".

"Esta Comisión Nacional ha notificado, en diversos posicionamientos, al titular del Poder Ejecutivo del Estado de ambas entidades federativas, las irregularidades observadas en torno al internamiento de las mujeres en los centros penitenciarios mixtos visitados, sin embargo, hasta el momento de la emisión de las recomendaciones prevalecen las mismas condiciones en agravio de los Derechos Humanos de las mujeres privadas de la libertad, como quedó expuesto en el contexto de dichos pronunciamientos", manifestó en el documento.

Por lo anterior, advirtió que los gobiernos de los estados Quintana Roo y Tabasco deberán a la brevedad, ejecutar políticas públicas tendentes a que se construya un centro femenil de reinserción social y, en dado caso que esto no pueda llevarse a cabo, considerar la existencia de dos direcciones independientes en los denominados centros mixtos (una femenil y una varonil), y que se cuente con una separación física, clara y total entre las mujeres y hombres privados de la libertad en dichos centros penitenciarios.

Asimismo, agregó, deberán designar y/o programar una partida presupuestal específica para la construcción y/o adecuación que resulte pertinente para cumplir cabalmente con esta finalidad; se deben implementar cursos de capacitación en materia de derechos humanos, interés superior de la niñez, igualdad y perspectiva de género, al personal encargado de la dirección y operación del sistema penitenciario y en especial para quienes atienden a esta población vulnerable.


Edición: Enrique Álvarez


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