La Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) afirmó que la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por medio de la cual amplía la protección a familiares de personas desaparecidas y reconoce que las acciones urgentes emitidas por el Comité de Desaparición Forzada de la ONU son obligatorias para las autoridades mexicanas, “representa un gran avance en el combate a este delito y el reconocimiento de derechos de las víctimas”.
La SCJN señaló que las recomendaciones de la Organización de Naciones Unidas en materia de desaparición forzada son obligatorias para el Estado mexicano, al otorgar un amparo por el caso de Víctor Álvarez Damián, quien fue detenido por la policía estatal de Veracruz en 2013, y desde entonces no se sabe su paradero.
Se trata de una de las víctimas de hechos similares registrados entre el 6 y el 11 de diciembre de dicho año, en la colonia Formando Hogar del puerto de Veracruz, y que llevaron al Comité contra la Desaparición Forzada de Naciones Unidas a emitir una “acción urgente”, en febrero de 2016, para que las autoridades mexicanas agilizaran la búsqueda.
El caso fue tomado por la asociación Litigio Estratégico en Derechos Humanos, en representación de la madre de la víctima, y en primera instancia obtuvieron un fallo favorable que obligó a la fiscalía veracruzana a investigar, pero señaló que no era parte de sus atribuciones, como autoridad estatal, atender la recomendación del organismo internacional.
Guillermo Fernández-Maldonado, representante de la ONU-DH en México, expuso que “hacer frente a la terrible realidad de las desapariciones de personas y dar respuesta a las víctimas es uno de los principales desafíos que enfrenta México”.
Para ello -continuó- “es preciso que todas las autoridades concernidas emprendan las acciones necesarias, especialmente para la búsqueda efectiva de las personas desaparecidas”.
La Oficina también llamó a las autoridades a cumplir con la implementación eficaz de las medidas recomendadas por el CED en las 284 acciones urgentes que se encuentran activas para México y en las que se puedan sumar a partir de ahora.
Recalcó que ayer la SCJN resolvió el Amparo en Revisión 1077/2019 interpuesto por Perla Damián, madre del joven Víctor Álvarez Damián. “En su decisión, la Suprema Corte define tres aspectos fundamentales relacionados con la obligación de búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas: reconoce la obligación de la fiscalía para asumir la búsqueda a fin de determinar la suerte o paradero del joven desaparecido, así como de investigar los hechos que originaron su desaparición y a sus posibles perpetradores”.
De igual manera, reconoce la obligatoriedad de las acciones urgentes emitidas por el CED, y el derecho de los familiares de una persona desaparecida de participar en las diligencias de búsqueda e investigación.
“A través de esta decisión, la Suprema Corte se une a la práctica progresiva que se observa en otros prestigiosos tribunales constitucionales, que reconocen la importancia de las determinaciones de órganos de tratados de Naciones Unidas como instrumentos esenciales para el respeto a los derechos humanos en los países”, añadió Fernández-Maldonado.
La ONU-DH reiteró su reconocimiento a las familias de las personas desaparecidas, “quienes, en su incansable búsqueda de justicia, han puesto su confianza en los mecanismos internacionales y en las instancias de justicia nacional”.
Destacó también el trabajo realizado por quienes han acompañado a Perla Damián en este proceso como la organización i(dh)eas Litigio Estratégico en Derechos Humanos y todo su equipo.
Edición: Ana Ordaz
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