Multará Profepa con mas de 1 mdp a quienes impidan acceso a playas

Serán vigilados aproximadamente 11 mil kilómetros de litoral mexicano, señalan
Foto: Juan Manuel Valdivia

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) puso en marcha el Operativo Vacacional Zofemat Semana Santa 2022 con el propósito de asegurar el ingreso de los ciudadanos a las playas sin restricciones y que se cumplan las disposiciones legales relacionadas con recursos marinos, la Zona Federal Marítimo Terrestre (Zofemat), aguas marítimas y Áreas Naturales Protegidas (ANP). 

La Profepa anunció que sancionará con una multa de entre 3 mil y 12 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente (de 288 mil a un millón 155 mil pesos) a los propietarios de terrenos colindantes con las Zofemat o a los titulares de concesiones, permisos, autorizaciones y acuerdos de destino respecto del aprovechamiento de las mismas que, por cualquier medio o acto, impidan, inhiban, restrinjan, obstaculicen o condicionen el acceso a las zonas y playas.

Las acciones de inspección y vigilancia se llevarán a cabo del 11 al 23 de abril en playas de 17 estados, incluidos los tres de la Península de Yucatán: Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán. 

Serán vigilados aproximadamente 11 mil kilómetros de litoral mexicano y se contará con el apoyo de las autoridades de seguridad de los tres órdenes de gobierno en la instrumentación de este operativo. 

Los recorridos de vigilancia y acciones de inspección tendrán el propósito de garantizar el libre acceso y tránsito, inhibir la introducción de vehículos automotores, verificar el cumplimiento de la legislación ambiental y atender las problemáticas que se han detectado durante esta época, como el uso y aprovechamiento de estos bienes de la nación sin concesión, permiso o autorización.

Se inspeccionará también la comercialización de flora y fauna enlistada en alguna categoría de protección, la renta y operación de vehículos (motoesquíes, cuatrimotos, ultraligeros y caballos), así como la presencia de comercio ambulante sin los permisos correspondientes de la Semarnat.

 

Edición: Laura Espejo


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