Desde mañana rige la prohibición de impugnar actos parlamentarios

El decreto establece que se impide además impugnar ante el TEPJF las decisiones de los órganos de dirección de las cámaras
Foto: María Luisa Severiano

La Secretaría de Gobernación emitió esta tarde un decreto por medio del Diario Oficial de la Federación con el que el miércoles 20 entra en vigor la modificación aprobada por el Congreso de la Unión a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que impide a los partidos políticos presentar algún recurso ante el Tribunal Electoral contra cualquier acto parlamentario de ambas Cámaras, así como contra las decisiones de sus órganos de dirección.

La modificación a dicha legislación establece que los recursos serán improcedentes “cuando se pretenda impugnar cualquier acto parlamentario del Congreso de la Unión, su Comisión Permanente o cualquiera de sus Cámaras, emitido por sus órganos de gobierno, como los concernientes a la integración, organización y funcionamiento internos de sus órganos y comisiones legislativas”.

Fue avalada luego que Movimiento Ciudadano impugnó la conformación de la pasada Comisión Permanente en enero, al quejarse de haber sido excluidos de participar en dicha instancia.

Durante el debate de la iniciativa en la Cámara de Diputados y en el Senado, se argumentó en su fundamentación que el objetivo era que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación no aborde dichos temas por tratarse de la organización interna de otro Poder, y para garantizar así su soberanía y autonomía.

 

Edición: Laura Espejo


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