Ningún patrón puede condicionar el sueldo a la constancia de situación fiscal: SAT

Para la nómina basta el código postal y el nombre completo del trabajador, subraya Buenrostro
Foto: Reuters

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) no solicita la constancia de situación fiscal, se trata de un requerimiento que se hizo a los empleadores como medida preventiva para detectar empresas factureras o fantasma, aseveró hoy la titular del organismo, Raquel Buenrostro.

En la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, la funcionaria detalló que debido a las complicaciones que han enfrentado los contribuyentes para obtener esta constancia, el trámite administrativo se prorrogó hasta el 1 de enero del próximo año y enfatizó que ningún patrón puede condicionar el sueldo a la falta de ésta

“Ningún empleador puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo”, apuntó.

Explicó que la constancia no fue requerida por el SAT, pero es necesaria porque para emitir la nómina ahora se requiere el código postal y el nombre completo del trabajador, por lo que si éste los conoce puede darlos a la patronal y ésta no tiene por qué exigir la constancia.

El SAT decidió implementar esta medida debido a que identificó que cientos y miles de empresas factureras “además de que no existen, también facturan nóminas que no existen”. En particular lo hacen con supuestos empleados de 18 años o adultos mayores, que no están insertos en el mercado laboral, por lo que usan sus datos para obtener beneficios, inclusive reportarlos con salarios bajos para obtener subsidio al trabajo.

Ejemplificó que en una ocasión un hombre de 87 años, pensionado por el Instituto Mexicano del Seguro Social, acudió a una consulta y se detectó que de acuerdo con los registros fiscales ganaba alrededor de 28 millones de pesos en salarios devengados por muchas compañías, con sede de Tijuana hasta Mérida, Yucatán.

 

Edición: Mirna Abreu


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