La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este miércoles amparar a un ciudadano de Puebla que pretendía casarse con dos mujeres al mismo tiempo y abrir así la puerta a las relaciones poliamorosas en México.
A propuesta del ministro Jorge Pardo Rebolledo, en votación cuatro a uno, la primera sala confirmó la definición de matrimonio y concubinato contenidas en el Código Civil poblano, en la que se hace una limitación exclusiva a uniones entre dos personas.
El máximo tribunal del país revocó el amparo concedido en mayo de 2022 por un juez federal para que las autoridades de Puebla permitan al habitante de ese estado casarse o ejercer el concubinato con dos o más personas en una relación poliamorosa, garantizándole el libre desarrollo de la personalidad.
La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM) emitió un comunicado este jueves en el que considera que la decisión de la SCJN impidió “avanzar en el reconocimiento y protección igualitaria de los derechos de las personas y familias que establecen relaciones poliamorosas”.
SCJN “dejó pasar la oportunidad para extender los efectos del matrimonio y concubinato a las relaciones poliamorosas y así reconocer una realidad social que requiere de protección jurídica”, añadió.
La CDHCM “considera de la mayor relevancia avanzar de forma acelerada en el desarrollo de marcos normativos que doten de certeza en las diversas relaciones familiares para el ejercicio de derechos filiales, sucesorios, de alimentos, patrimoniales, de seguridad social, entre otros, tal como lo hacen el matrimonio y el concubinato. Para ello, el marco jurídico debe de evolucionar tanto en desarrollo legislativo como por medio del actuar jurisdiccional”.
El organismo se pronunció a favor de la necesidad de desmontar las nociones que privilegian únicamente los esquemas tradicionales de organización familiar
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