Carece la Corte de un marco legal para juzgar a ministros en retiro

González Alcántara propondrá al pleno avalar mecanismos para imponer castigos administrativos
Foto: Marco Peláez

Gustavo Castillo García y Juan Pablo Reyes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) carece de marco normativo para investigar y sancionar a ministros en retiro, como es el caso de Arturo Zaldívar, y por ello el proyecto que elabore el ministro Juan Luis González Alcántara propondrá al pleno la aprobación de mecanismos que lleven a la imposición de sanciones administrativas a los togados que formaron parte del máximo tribunal del país.

El proyecto de la “ruta para sancionar a ministros sin llegar a la petición de juicio político”, indicaron funcionarios del alto tribunal, fue solicitado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, y con ello se establecerá un precedente alejado de lo que establece la Constitución, ya que en el caso de los ministros en activo sólo pueden ser separados de su cargo mediante un juicio político.

 

Lee más: Caso Arturo Zaldívar: Inicia investigación contra el ex ministro y sus colaboradores tras denuncia anónima

 

En caso de que se aprobara por mayoría el proyecto que se proponga, se creará un marco legal sin que supere lo establecido en la Constitución, ya que no se procederá mediante juicio político contra un ministro en activo, y servirá para presionar a quienes no sean afines a las corrientes mayoritarias de la SCJN.

Los integrantes de la Corte consultados por La Jornada revelaron que González Alcántara deberá presentar el documento al pleno para que sea aprobado por mayoría, y tendrá que establecer los términos para iniciar una indagatoria que pudiera ir más allá de sanciones administrativas, pues el órgano que se encarga de investigar esas faltas no tiene ninguna facultad específica para quienes ocupan los cargos de ministros.

Asimismo, la Dirección General de Responsabilidades Administrativas y de Registro Patrimonial, cuya existencia está regulada en el artículo 36 del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Corte, y que fue publicado en el 12 de abril de 2011 en el Diario Oficial, tiene como primera facultad “coordinar, revisar y proponer los proyectos normativos que se requieran para lograr que la contraloría cumpla sus atribuciones y obligaciones”.

En el caso de la denuncia anónima recibida en el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que dio origen a la investigación que ordenó Piña Hernández contra Zaldívar, se trata más de un caso considerado excepcional, toda vez que él ya es ministro en retiro.

En ese contexto, explicaron, la dirección de responsabilidades administrativas únicamente está facultada para “elaborar las normas y lineamientos que regulen el procedimiento de recepción, registro, control, resguardo y análisis de las declaraciones de situación patrimonial de los servidores públicos obligados ante la Suprema Corte, en términos de las disposiciones de observancia general aplicables en la materia”.

Como señala el párrafo, Zaldívar ya no está obligado tampoco a declarar su patrimonio, por lo cual no está facultada, en el caso del ministro en retiro y ex presidente del máximo tribunal, a “proponer al titular de la contraloría lineamientos para llevar a cabo investigaciones de oficio sobre hechos que pudieran implicar el incumplimiento por parte de los servidores públicos de la Corte de las disposiciones legales aplicables, así como para la recepción y tramitación de quejas o denuncias contra dichos servidores públicos en materia de responsabilidad administrativa”.

Edición: Emilio Gómez


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