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Sara R. Gordon
Foto: La Jornada
La Jornada Maya

Lunes 25 de marzo, 2019

En días recientes, el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sometió a la Cámara de Diputados una iniciativa de revocación de mandato, aduciendo la importancia de incorporar mecanismos de participación popular directa a la Constitución de México.

Efectivamente, la revocación de mandato es un método de la democracia directa. Su idea general es poner a disposición de los ciudadanos un instrumento que permita separar del cargo a los políticos electos que, durante el lapso en que ejercen sus funciones, se desempeñen de manera insatisfactoria, en contra del interés público.

De ahí que sea esencial que la manera en que se formulen las iniciativas de ley respete ese sentido primordial de darle voz a la ciudadanía, tanto en la convocatoria, como en la decisión, es decir, ¿quién está autorizado para convocar a una revocación de mandato y quién toma la decisión?

En términos de este objetivo, la iniciativa que aprobó la Cámara de Diputados por 329 votos a favor, 153 en contra y 2 abstenciones, no se ajusta al sentido de instrumento de democracia directa de los ciudadanos, debido al procedimiento que prescribe la iniciativa.

Según el dictamen aprobado por los diputados, el Congreso de la Unión puede convocar a la votación por petición: 1) del presidente; 2) del equivalente al 33 por ciento de los integrantes de cualquiera de las dos cámaras -sea la de diputados o la de senadores 3) de los ciudadanos, quienes también pueden solicitarla, siempre y cuando sean al menos el tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores y la mayoría del Congreso apruebe su solicitud.

La votación la organizaría el Instituto Nacional Electoral y se realizaría durante la misma jornada en la que se eligen diputados federales. Para que sea vinculante, es decir obligatoria, tendrá que votar el 40 por ciento de los inscritos en la lista nominal. El presidente podrá impugnar los resultados de la votación en los siguientes 30 días naturales ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y, en caso de que la impugnación no proceda, deberá dejar su cargo en un plazo de 60 días.

El problema central del dictamen aprobado por la Cámara de Diputados es el hecho de que el Presidente puede convocar a la revocación de mandato, lo cual convierte a ésta última en un instrumento de ratificación, no de revocación, perdiendo entonces el sentido original de mecanismo ciudadano de control político.

El dictamen tampoco toma en cuenta que hay un principio constitucional que garantiza a los votantes que la persona electa ejercerá el cargo por seis años, a menos que ellos, los ciudadanos, convoquen a una revocación, no en el momento en que el Presidente lo decida, sino ellos. Tampoco se han considerado los efectos para los presidentes futuros.

Por otra parte, el hecho de que se pretenda realizar la consulta de revocación de mandato en la misma jornada en la que se debe elegir a los diputados federales en 2021, ha llevado a varios analistas y políticos de oposición a señalar que es una manera de AMLO de aparecer en la boleta y de ese modo impulsar la votación por candidatos del partido oficial Morena, que en general son poco conocidos, y muchos de los que han sido electos, no han tenido un desempeño destacado. En caso de que quisieran reelegirse, tendrían dificultades para ganar la elección sin López Obrador en la boleta.

La motivación principal de AMLO para participar en las elecciones intermedias ha generado dos líneas de razonamiento: quienes suponen que en realidad el objetivo de la iniciativa es preparar el camino a la reelección presidencial, porque la ambigüedad con que está redactado el dictamen da lugar a interpretar que como la voluntad soberana del pueblo dijo no a la revocación, se puede sostener la idea de que esa voluntad autoriza al Presidente a gobernar un período más, no los tres años que restan. Ponen el ejemplo de Hugo Chávez, de Venezuela, quien logró imponer la pregunta que se hizo a los electores, y gobernó 11 años más, hasta su muerte. La otra línea de razonamiento es que se pretende aumentar el número de representantes de Morena en la Cámara de Diputados a fin de modificar la Constitución, o bien llevar a cabo una eventual reforma fiscal.

Para tratar de calmar las acusaciones de que pretende reelegirse, el presidente López Obrador aseguró que no se trata de una estrategia para perpetuar su mandato, y firmó una carta en la que se compromete a concluir su presidencia en 2024, como establece la Constitución. Pero las leyes deben redactarse de manera general, ya que un compromiso personal no puede tener el mismo rango que una norma constitucional, ni sustituirla.

Hay analistas que dicen que la inquietud de la reelección puede resolverse agregando un artículo transitorio que aclare que las consultas no podrán usarse para la reelección presidencial. Sin embargo, más allá de atender inquietudes específicas, si se autoriza al Presidente a convocar a la revocación, ésta se transforma en ratificación y deja de ser un instrumento de control político de los ciudadanos.

Hay que señalar que la revocación de mandato no es una idea nueva en México. Sus antecedentes se remontan a 1938, cuando fue introducida en Yucatán, aunque nunca se utilizó, y en 2010 fue declarada inconstitucional. En Chihuahua, el gobierno panista la instituyó como derecho en 1997, pero en 2009 fue declarada inconstitucional. En los estados de Nuevo León, Zacatecas, Aguascalientes, Guerrero, Oaxaca y Morelos está vigente la revocación de mandato, pero la falta de acuerdo en los procedimientos hace difícil su aplicación, debilitando este mecanismo, ya que existe la posibilidad de que funcionarios sometidos a la revocación pudieran combatirla por medio de un juicio de amparo.

Por otra parte, en 2011, el PAN, el PRD y el PT propusieron una reforma al artículo 35 para otorgarle a los ciudadanos el derecho a revocar el mandato de los funcionarios públicos electos. Sin embargo, el PRI y el PVEM, entonces mayoría, se opusieron con el argumento de que no se especificaban los procedimientos para llevar a cabo la revocación.

En los próximos días, el Senado deberá discutir el dictamen elaborado por la Cámara de Diputados. Es su responsabilidad efectuar los cambios necesarios al documento, privilegiando el carácter de control político ciudadano de este instrumento, y de fijar de manera muy clara los procedimientos para la revocación de mandato, a fin de que estimulen el buen desempeño de los funcionarios electos.

*Profesora e Investigadora del CEPHCIS, UNAM.

Mérida, Yucatán
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