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Omar García Huante*
Foto: Notimex
La Jornada Maya

Martes 16 de junio, 2020

La iniciativa de reformas a la Constitución para crear el Instituto Nacional de Mercados y Competencia para el Bienestar, suscrita por el Senador Ricardo Monreal, abrió, de nueva cuenta, el debate acerca de la existencia de los órganos constitucionales autónomos.

Estas instituciones, expresamente establecidas en la Constitución, tienen a su cargo funciones que, por naturaleza, suelen ser técnicas, especializadas y relevantes para el ordenamiento jurídico.

La organización de las elecciones, la protección de los derechos humanos, la definición de la política monetaria, la regulación de las telecomunicaciones y de la radiodifusión, o la protección de los principios que rigen el libre mercado y la competencia económica, son algunas de sus atribuciones.

Los órganos constitucionales deben actuar con plena independencia de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial; nuestra Constitución establece nueve órganos: Banco de México, el Instituto Nacional Electoral, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), y la Fiscalía General de la República.

Aunque el Senador anunció que su propuesta requiere de un proceso abierto de discusión y, por ello, pospondrá su presentación, vale contribuir con algunas reflexiones sobre lo que propone la iniciativa: crear el Instituto Nacional de Mercados y Competencia para el Bienestar, integrado por cinco consejeros, que se encargarán de las funciones que actualmente ejercen la Cofece, el IFT y la Comisión Reguladora de Energía (CRE) esta última, órgano regulador subordinado al Poder Ejecutivo.

Sus objetivos: concentrar las funciones de los tres entes para adelgazar la estructura orgánica del Estado y aprovechar las economías de escala derivadas de la existencia de funciones y procedimientos semejantes. El Instituto asumiría las facultades de regulación en materia de telecomunicaciones y radiodifusión, conjuntamente a las de competencia económica y libre mercado.

En materia de electricidad, fomentará el desarrollo eficiente de la industria eléctrica y se propone elevar a rango constitucional la protección de los intereses de los usuarios finales, lo que me parece sumamente positivo por los beneficios para todos los que pagamos por la electricidad.

Propiciará una adecuada cobertura nacional, atenderá a la confiabilidad, estabilidad y seguridad en el suministro y la prestación de los servicios, y regulará todo lo relacionado con la generación, transmisión, distribución y comercialización de la electricidad.

Aspectos positivos: que las funciones de la CRE las asuma un órgano constitucional autónomo, independiente para regular el sector eléctrico; la concentración de las facultades en competencia económica en un solo órgano, pues no se justifica la duplicidad entre el IFT y la COFECE.

Aspectos negativos: el ahorro que propone el Senador podría obtenerse con ajustes a los presupuestos de cada órgano y, en ese contexto, la reforma resultaría innecesaria: la competencia que tendrá el Instituto es muy amplia, lo que podría producir un desempeño y una regulación deficientes.

Existe riesgo de que opere en un contexto de restricciones a su autonomía técnica y de gestión; además de que estará integrado por cinco consejeros propuestos por el Senado y designados por el Presidente. El procedimiento de selección y designación de los consejeros no garantiza objetividad, conocimiento, capacidad e independencia de los aspirantes.

En caso de presentarse y aprobarse ¿sería un retroceso?: sí, porque la iniciativa soslaya la doctrina jurisprudencial que la Suprema Corte ha generado para reconocer plena autonomía a los órganos vigentes; la integración administrativa puede llevar años, lo que impactaría en la eficiencia de los sectores regulados; la iniciativa debilita a los órganos autónomos, porque cuestiona, sin sustento, el ejercicio de su presupuesto, y resta mérito y valor a las funciones especializadas que desempeñan.

La gran interrogante es si el IFT y la Cofece piensan defender su existencia. Tal vez la Corte tenga la última palabra y sea el momento de discutir, una vez más, la constitucionalidad de las reformas a la Constitución.

*Socio fundador de HW Abogados SCP.


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Edición: Enrique Álvarez


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