Por fin, luego de 33 años, la Ley General de Bibliotecas de 1988 es sustituida por una nueva legislación. Si bien le corresponde a la Secretaría de Cultura del país diseñar, ejecutar y evaluar la política nacional de bibliotecas, con base en el Plan Nacional de Desarrollo, ahora tendrá que hacerlo bajo las condiciones establecidas en la nueva ley, la cual está conformada por 44 artículos, los cuales están expuestos a través de 10 capítulos.
Vale señalar que en los artículos de esta nueva ley están señaladas las disposiciones generales, como son las correspondientes a la Red Nacional de Bibliotecas Públicas, las Redes de las Bibliotecas Públicas en las Entidades Federativas, la Adhesión a las Redes Nacional y de las Entidades Federativas, el Sistema Nacional de Bibliotecas, entre otras. Respecto de los asuntos novedosos de la nueva legislación, habrá que destacar la definición de los bibliotecarios como personal certificado que administra las bibliotecas de acuerdo con su formación, competencias y experiencia, y aquel otro que opera las funciones bibliotecarias.
Otra de las nuevas definiciones que incluye la nueva ley de bibliotecas es la que corresponde a la definición de libro. Al respecto, en la nueva ley, el libro es considerado como “una publicación unitaria, no periódica, de carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o recreativo, editada en cualquier soporte, lenguaje o código, incluido el digital, cuya edición se haga en su totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios volúmenes o fascículos”.
Otro de los aspectos novedosos de la nueva legislación es el relacionado con la función primordial de las bibliotecas. En este aspecto, la nueva ley establece que el sistema de bibliotecas: “busca la mejora de los servicios que las bibliotecas públicas ofrecen; reconoce el papel de los nuevos bibliotecarios, de los lectores y los libros, así como aprovecha las nuevas tecnologías como herramientas para la promoción de la lectura y la cultura, entre otros”.
Ante estos nuevos conceptos y funciones de todo aquello que está involucrado en el sistema de bibliotecas, habrá que destacar los retos que las autoridades correspondientes tendrán que enfrentar. Será la Secretaría de la Cultura y las Artes del Gobierno del Estado de Yucatán (Sedeculta) la institución pública que tendrá que diseñar un sistema de actualización de los bibliotecarios, tanto los que administran como los que operan programas. Así mismo, Sedeculta tendrá que operar un sistema de actualización de la Red de Bibliotecas Públicas en Yucatán, que incluya las bibliotecas de cada municipio.
Otro de los retos que tendrá que enfrentar la Sedeculta será la correspondiente al diseño, operación y evaluación de programas de actividades educativas, cívicas, artísticas, sociales y culturales. Ello significaría ir más allá de las actividades cotidianas hasta ahora, como es la consulta y el préstamo de libros, tanto impresos como digitales. Junto con ello, cada biblioteca de la Red asumirá como función importante la difusión de sus programas y actividades.
Como es posible notar, la Red de Bibliotecas de Yucatán enfrenta desde ahora una serie de desafíos relacionados directamente con los bibliotecarios (administrativos y operativos), los servicios (consultas y programas) y los insumos (libros y otros). Aunque lo más importante será que las bibliotecas cambien de ser una vitrina de libros viejos y polvosos a ser un centro promotor de la lectura y la consulta. Queda, pues, en las autoridades (y no sólo de Cultura sino también de Educación) la actualización de las bibliotecas.
[email protected]
Edición: Estefanía Cardeña
Dependemos en demasía de la electricidad; ¿qué pasa con esos rincones del mundo que viven en penumbra?
Rafael Robles de Benito
El instituto electoral deberá emitir una resolución al respecto
La Jornada
La censura intenta destruir la curiosidad humana, pero en los rebeldes, la alimenta
Margarita Robleda Moguel