Opinión
Alejandro Ortiz González
12/09/2025 | Mérida, Yucatán
Ante el recorte anunciado a Cultura para 2026, corregir el Efiartes es un tema prioritario. He analizado el mecanismo, el histórico de proyectos y montos autorizados desde su creación en 2011 y sus Reglas de Operación, que pueden ajustarse con relativa facilidad, al tiempo que he propuesto que se modifique el Artículo 190 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), tanto para incrementar el monto autorizado dado el aumento de postulaciones, como para que la Secretaría de Hacienda inscriba en forma automática al Efiartes a todas las empresas que facturan más de 500 millones de pesos al año (más de 12 mil según datos del Inegi), y a través de una bolsa ciega se garanticen los recursos a los proyectos seleccionados, liberando a los artistas de esa tarea, las más de las veces inalcanzable.
Ahora reviso los lineamientos para todas las modalidades (Teatro, Música, Danza, Artes Visuales y Libro), y me concentro en cuatro puntos:
Analizar y modificar, en su caso, el Capítulo I. Funcionamiento del Consejo de Evaluación de Artes Visuales, pues es ahí donde se fija el alcance del Consejo que, pese a estar “facultado para emitir recomendaciones” sobre “los valores culturales y artísticos, así como de la viabilidad técnica y financiera, la circulación y vinculación con el público de los proyectos de inversión que solicitan el EFIARTES”, estas recomendaciones no son vinculantes. Sin decirlo, se entiende que es el Comité Interinstitucional el que tiene la última palabra, y más concretamente la Secretaría Técnica, pues como se lee en las Reglas de Operación, es esta Secretaría el primer y último filtro para revisar que el contribuyente, el proyecto y su ERPI estén en orden desde todos los puntos de vista, sin que quede del todo claro hasta dónde puede o no intervenir la Secretaría y el propio Comité en la decisión final sobre un proyecto ya seleccionado por el Consejo (recordemos, el Comité está integrado por 4 titulares y 4 suplentes). Hay que revisar y entender por qué se decidió que las recomendaciones del Consejo no sean vinculantes, lo que abre la posibilidad a la duda, sobre todo si se entiende al Consejo como un jurado.
En el Lineamiento D inciso b), relativo al presupuesto, se mantiene la prohibición para que personas físicas que sean parte de la ERPI puedan cobrar honorarios, siendo que –como ya lo detallé en el texto sobre Reglas de Operación– muchos artistas forman sus propias personas morales, o forman parte de las ERPIs como personas físicas para poder postular sus propios proyectos, de los cuales hacen desde la creación y la dirección, hasta la producción o la administración, y resulta que no pueden cobrar. Esto debe corregirse en favor de los artistas.
Falta información sobre la cantidad de participantes en el Consejo de Evaluación, siendo que cada año aumenta la cantidad de proyectos postulantes (hablamos de aproximadamente 480 en 2025, de los cuales quedaron seleccionados 321). Tampoco se estipula cuál es el pago, si lo hay, por formar parte de este Consejo de Evaluación. Transparentar esto también es necesario.
En relación con puntajes distintos para proyectos idénticos, que se someten para tener continuidad (por ejemplo, un proyecto expositivo con un alto puntaje que ya recibió un estímulo hace 2 años, y ahora busca moverse a otra sede para tener mayor público, y recibe un puntaje menor siendo el mismo proyecto). Esto envía un mensaje de falta de claridad en los criterios, cuando la explicación más probable es que los miembros del Consejo de Evaluación rotaron (cambian cada 3 años). Hay que encontrar la forma de salvar estas fallas que parecen menores pero que pueden hacer la diferencia para que un proyecto quede o no seleccionado.
En relación con Efilibro, aunque conozco el proceso editorial, desconozco la razón del porqué se limita a 500 mil pesos el monto máximo, cuando el criterio de selección puede incluir simplemente que se aceptarán proyectos de hasta 2 millones si se trata de libros de arte (en los que participan muchos especialistas y donde tan sólo el costo de materiales se elevan cada año), o colecciones completas, siendo que los costos de producción y/o distribución han aumentado drásticamente. En este caso sería necesario una explicación del porqué se fija el tope en medio millón, a diferencia de las otras modalidades.
Invito a revisar el espléndido texto de Flavio González Mello para PASO DE GATO en febrero de este año, que ilustra con detalle tanto el diagnóstico como las propuestas en relación con el Efiteatro (https://tinyurl.com/3mundw7e).
Ahora será necesario hacer las gestiones que se requieran para que quien tenga la decisión sobre ello, autorice y convoque a un Grupo de Trabajo que de salida a éstas y otras aportaciones para cada modalidad (y nuevas, como INTERDISCIPLINA), para mejorar este mecanismo que puede hacer la diferencia en términos de financiamiento a la creación y la producción en tiempos de contracción presupuestal.
* Socio fundador de Bioscénica: cuerpo digital y transdisciplina y miembro de la Asamblea de Artes de la Ciudad de México (ADA).
Edición: Estefanía Cardeña