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Usos del bosque

La reflexión de Hugo Galletti parte de una preocupación compartida, que él considera la crónica de una muerte anunciada
Foto: Gobierno de México

Ha llegado a mis manos un breve pero contundente análisis sobre las consecuencias que tiene para los bosques tropicales del sureste mexicano la aplicación irrestricta de la legislación vigente, tanto en materia forestal, como en lo que atañe al establecimiento de áreas protegidas y la regulación de los usos del suelo. Como el autor de dicho análisis es un colega muy experimentado, profundo conocedor de las selvas de Quintana Roo y de las comunidades que las habitan y hacen uso de sus recursos desde tiempos prehispánicos, me parece que sus comentarios deben tomarse con seriedad y ameritan una lectura crítica y la apertura de una discusión productiva. Propongo una confrontación de ideas que permitan una síntesis que supere tanto la visión normativista de quienes consideran que la ley debe aplicarse a la letra, como la perspectiva tradicionalista de que todo uso ancestral es, por serlo, sustentable.

La reflexión de Hugo Galletti parte de una preocupación compartida, que él considera la crónica de una muerte anunciada: el avance de la deforestación parece no tener freno. Las consecuencias que esto tendrá para la conservación de los suelos, el agua y la biodiversidad, así como los efectos que tendrá sobre la emergencia climática, están fuera de discusión. Pero las vías para proteger la cobertura forestal remanente y emprender un proceso de desarrollo rural que no dependa de la substitución de los bosques y selvas por monocultivos agropecuarios parecen ser de un tránsito complicadísimo. Los jaloneos entre grupos de interés, organizaciones políticas y organismos multilaterales que apoyan el desarrollo y la conservación de la naturaleza resultan interminables, contraproducentes e innecesarios. Pero impera el diálogo de sordos.

Galletti trae a la palestra un viejo reclamo de quienes colaboraron en el Plan Piloto Forestal de los años ochenta: el establecimiento en la ley del concepto de área forestal permanente como obligación. Es cierto que esto no ha sucedido. Por razones que merecen una discusión académica mucho más extensa que lo que permite este espacio, el estado mexicano ha optado por una ley forestal que descansa más bien en el uso y manejo del bosque que en la conservación de áreas forestales. Esto no quiere decir que no se pugne también por la conservación de bosques y selvas, sino que se faculta a una dependencia distinta de la CONAFOR para conducir los esfuerzos conservacionistas: La CONANP, responsable del establecimiento y manejo de las categorías de zonas sujetas a conservación, forestales o no. La regulación de los cambios en el uso del suelo es otro cantar: intervienen en el asunto autoridades diversas, de diferentes niveles de gobierno, y en efecto no se define en ningún lado con claridad lo que se debe entender por “uso del suelo forestal”. Aunque parece haber una voluntad más o menos clara a nivel federal, en el sentido de limitar o dificultar el cambio de uso de suelos forestales, lo cierto es que suele autorizarse, frecuentemente después de un impacto de deforestación por tala o incendio. La regulación marcha un paso atrás de la pérdida de la cobertura forestal, y la restauración sigue siendo un discurso de buenas intenciones, sin recursos públicos que la soporten y sin la capacidad de actos de autoridad que la hagan obligatoria a quienes dañan los bosques.

Como entiendo el asunto, la idea sería que las comunidades que habitan y hacen uso de los recursos del bosque puedan construir ahí paisajes sustentables, donde quepan las aspiraciones de los residentes locales y el incremento en la calidad de sus vidas. Eso implicaría una serie de consideraciones que modifican el marco jurídico vigente: la propiedad social de la tierra tendría que responder a un modelo más adecuado que el emanado de la reforma constitucional de Salinas (que fue un clavo más en el ataúd de la propiedad ejidal). Un buen número de ejidos forestales vieron con claridad las dificultades que el modelo generaría para la apropiación del bosque, y se negaron a participar del PROCEDE, conservando al propiedad comunitaria de sus dotaciones, sin condenarlas a la partición parcelaria. Ese será un buen punto para comenzar a reordenar la construcción de paisajes que demanda la relación entre la comunidad y su entorno.

Un arreglo coherente para las comunidades forestales podría conservar buena parte de los instrumentos que el estado mexicano ha diseñado para regular la apropiación del patrimonio natural. Las comunidades forestales no tendrían por qué prescindir de programas de manejo: serán útiles para ordenar el aprovechamiento de las zonas que la propia comunidad destine a la extracción de productos del bosque (maderables o no). Pero tampoco habría que satanizar las áreas protegidas: autoridades y comunidades podrían construir consensos que determinen qué zonas deben ser destinadas a la conservación, incluyendo zonas núcleo que operen en efecto como las áreas forestales permanentes (que podrán aportar a las comunidades el pago por servicios ambientales). Incluso puede haber espacio para las actividades silvopastoriles.

Más que la descalificación y insistencia en que se debieron hacer las cosas de otra forma, lo que hace falta es emprender diálogos francos entre los dueños de bosques y selvas, organismos gubernamentales y multilaterales, académicos y conservacionistas, tendientes a construir consensos que partan de la base de que debe privar la visión de quienes viven el bosque. No propongo el extremo de que no se aplique la norma cuando no cuadra a la gente, sino la necesidad de hacer un uso inteligente de la normatividad existente y promover su modificación cuando no responda a las exigencias de la realidad actual.


Edición: Emilio Gómez


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