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Foto: Efe

El acceso a la justicia, pese a ser una garantía para todo ciudadano, tiene varias aristas, entre las cuales deben reconocerse partes del diseño orgánico de todo Estado para favorecer o inhibir quién puede acudir a los tribunales y en qué momento. El liberalismo hizo que ciertos actores colectivos perdieran esta posibilidad, lo que llevó al desconocimiento de títulos de propiedad colectiva y el consiguiente despojo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su nueva época, ha marcado un cambio de dirección, tras emitir un fallo en el cual reconoce a las comunidades indígenas como “terceras interesadas” en controversias constitucionales que pudieran afectarles.

La novedad del fallo es que coloca a las comunidades a la altura de otros entes públicos: poderes locales y federales, autoridades de los tres niveles y órganos del Estado. En otras palabras, se materializó el reconocimiento constitucional como sujetos de derecho público.

Al respecto, el ministro Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la SCJN, se pronunció diciendo que la jornada fue histórica con motivo del fallo: “estamos asistiendo a esta cita con la historia para ver si corregimos en algo 200 años de exclusión y de racismo, entre ellas, la exclusión judicial de los pueblos y de las comunidades indígenas”.

En lo particular, lo que resolvió la Corte fueron dos recursos que planteó el pueblo mazahua de Crescencio Morales, localidad del municipio de Zitácuaro, Michoacán, en una controversia constitucional promovida por las autoridades de ese municipio, contra varias normas y acciones relacionadas con la consulta previa sobre el autogobierno indígena. Para fines prácticos, la beneficiada es únicamente la comunidad de Crescencio Morales, pero el precedente es importante.

El fallo no cambia las leyes, pues esa es tarea del Congreso de la Unión, pero sí abre la puerta para que los pueblos indígenas y afrodescendientes sean escuchados en las causas cuya solución podría afectarles, y presentar su interés como comunidad, no como individuos aislados. 

Es un primer paso, un primer precedente, pero se trata de construir un camino en una ruta que ha permanecido bloqueada por 200 años. Hacer visible esta injusticia estructural ha costado mucha sangre, en el valle del Yaqui, en Chiapas, en la sierra de Guerrero, en Morelos, en Yucatán, en tantos puntos de México donde las rebeliones indígenas fueron la única respuesta posible a la opresión y al despojo. 

Dar fin a la exclusión judicial es todavía una aspiración, parte del proceso de construcción de una sociedad plural, en la que las leyes permitan a cualquiera presentar sus quejas o, como fue en este caso, exponer que una resolución podría ir en contra de los legítimos intereses de un colectivo.

Frente a 200 años, parece poco, pero se dio un paso trascendente en cuanto a garantizar una justicia accesible.


Edición: Ana Ordaz


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